Resolución Nº 901/GCABA/MDUYTGC/16
Firmantes | Moccia |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte |
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N° 2.809 y su modificatoria Ley
N°4.763,
los Decretos Nros. 127/AJG/14, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y
141/GCBA/16, las Resoluciones Nros. 601/MHGC/14, N° 797/MDUGC/10, la Licitación
Pública N° 2142/10, el Expediente Electrónico N° 03082971-MGEYA-DGTALMH/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 797/MDUGC/10, de fecha 29 de diciembre de 2010,
fue aprobada la Licitación Pública N° 2142/2010 y adjudicada a la empresa FEVIAL
S.A., la contratación de la Obra: "Demarcación Horizontal para Plan Maestro de
Ciclovías y Mantenimiento 2010-2011";
Que por Resolución N° 2012-20-SSTRANS se aprobó la ampliación del monto
contractual en la suma de pesos un millón doscientos noventa y cinco mil setecientos
cincuenta y uno con 92/100 ($1.295.751,92) y con fecha 30 de noviembre de 2012 a
través de la Resolución N° 2012-760-SSTRANS se aprobó una ampliación de plazo de
la Licitación Pública N° 2142/2010 de 30 días, fijándose como fecha de finalización el
día 26 de diciembre de 2012;
Que, asimismo, con fecha 26 de diciembre de 2012, se labró el "Acta de Recepción
Provisoria de la Obra" en la cual se dejó constancia que la obra se encontraba
terminada y ejecutada;
Que la mencionada empresa, con fecha 15 de julio de 2013 solicitó la primera,
segunda, tercera y cuarta (1°, 2°, 3° y 4°) Redeterminación Definitiva de Precios de la
Ampliación de la aludida Obra;
Que la Dirección General de Movilidad Saludable en su informe IF-2013-04389330-
DGMS considera que correspondería rechazar el requerimiento formulado por la firma
FEVIAL S.A. toda vez que se ha suscripto con fecha 26 de diciembre 2012 el acta de
recepción provisoria, siendo la solicitud de la empresa no procedente y extemporánea;
Que el artículo 28 de la Resolución N° 601-MHGC/14 establece que "(...) la respectiva
solicitud deberá ser ingresada hasta noventa (90) días corridos posteriores a la
finalización del contrato o acta de recepción provisoria para el caso de obras públicas.
Vencido dicho plazo, ninguna solicitud será aceptada.";
Que la Dirección General Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda,
tomó la intervención prevista en la normativa vigente, emitiendo la Providencia N°
04740547-DGRP-13, y solicitó que previo a continuar con el trámite, se expidiera la
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