Resolución Nº 90/GCABA/AGIP/17

FirmantesBallotta
EmisorADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

VISTO:

El Decreto N° 477/GCABA/11, la Disposición N° 344/DGCG/11, el Expediente

Electrónico N° 2.876.437/DGESYC/17, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Electrónico N° 2.876.437/DGESYC/17 tramita la autorización de la

misión transitoria de carácter oficial y la asignación y disposición de fondos en

concepto de viáticos, a favor de la comitiva de la Dirección General de Estadística y

Censos integrada por el Lic. José María Donati (DNI 16.975.643), el Lic. Ignacio

Mognoni (DNI 24.655.157) y el Lic. Leandro Marcarian (DNI 31.583.996), quienes

viajarán a la Ciudad de Asunción, República del Paraguay, con el objeto de participar

en la "Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano

de Desarrollo (BID) y la Corporación Interamericana de Inversiones" que tendrá lugar

entre los días 30 de Marzo y 02 de Abril del corriente año;

Que la participación de la comitiva en dicho evento responde a una invitación cursada

por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Interamericana de

Inversiones;

Que la contratación de los traslados y el alojamiento se está llevando a cabo de

acuerdo a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N°

5/DGCyC/13;

Que por lo expuesto y a fin de hacer efectiva la participación de los funcionarios

citados ut supra y de solventar la erogación pertinente, corresponde proceder al

dictado del acto administrativo.

Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 477/GCABA/11,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase al Lic

José María Donati, al Lic. Ignacio Mognoni y al Lic.

Leandro Marcarian a viajar en misión transitoria de carácter oficial a la Ciudad de

Asunción, República del Paraguay, entre los días 29 de Marzo y 03 de Abril del

corriente año, con el objeto de participar en la "Reunión Anual de las Asambleas de

Gobernadores del BID y la Corporación Interamericana de Desarrollo".

Artículo 2° Entréguese a favor de cada uno de los agentes mencionados en el
Artículo 1°

la suma de $ 11.382,60.- (PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA.

Y DOS CON 60/100) en...

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