Resolución Nº 892/GCABA/MSGC/16
Firmantes | Bou Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 16 de Mayo de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 153 y N° 2.808, los Decretos N° 126/14, N° 194/11, y sus modificatorios
y complementarias, la Disposición N° 173/DGCG/13, y el Expediente Electrónico N°
27663367/MGEYA-MSGC/2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.808, establece un procedimiento especial administrativo y el proceso
judicial aplicable para el cobro ejecutivo de prestaciones brindadas a personas con
cobertura social o privada, por la red de efectores públicos de salud dependientes del
Gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 126/14 se aprobó la reglamentación de la Ley citada;
Que la experiencia en el proceso de implementación y aplicación de la Ley N° 2.808,
aconseja introducir modificaciones a los procedimientos de forma aplicables;
Que es también de gran relevancia mejorar y optimizar los métodos de recupero de
prestaciones médicas de los efectores públicos a entes de cobertura de salud;
Que dicha norma prevé, en su artículo 2° que la gestión de identificación, facturación y
cobro de dichas prestaciones estarán a cargo de la Agrupación Salud Integral, por
cuenta y orden de los efectores dependientes de este Ministerio;
Que corresponde adecuar la totalidad del plexo reglamentario a los fines de una mejor
y mayor certidumbre normativa que garantice la eficiencia en la regulación aplicable;
Que a los fines de proceder a ejecutar las sumas adeudadas al GCBA, este Ministerio
se encuentra facultado para autorizar la no realización de gestiones judiciales para el
cobro cuando el monto a reclamar a la Entidad deudora sea muy escaso frente a los
costos de un eventual recupero, e inferior a los montos establecidos en el Código
Fiscal y la Ley Tarifaria Vigente;
Que resulta oportuno exigir a la Agrupación Salud Integral (ASI), que actúe en forma
célere y eficaz a los fines de dar cumplimiento a las misiones y funciones que le han
sido encomendadas, no sólo cumpliendo los plazos fijados en la normativa de
aplicación sino dando respuesta inmediata a los requerimientos efectuados por la
Dirección Legal y Técnica de este Ministerio;
Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de...
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