Resolución Nº 890/GCABA/MJGGC/14
Firmantes | RodrÃguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 10 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
El Acuerdo Preparatorio entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
el Banco de la Ciudad registrado bajo el N° 15.965 y el Expediente Electrónico N°
12.282.622-MGEYA- DGTALMJG/14, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra desarrollando
un proceso de reubicación y relocalización de la Centralidad Administrativa del
Gobierno cuya decisión fundamental se basa en la mudanza al Sur de la Ciudad de
organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de
promover el desarrollo social, económico y urbano de ese sector de la Ciudad,
Que en este entendimiento, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, Lic. Horacio Rodriguez
Larreta y, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Presidente, Lic.
Rogelio Frigerio, se celebró un Acuerdo Preparatorio registrado en la Escribanía
General bajo el N° 15.965;
Que dicho acuerdo tuvo como objeto establecer el marco preparatorio y los
lineamientos generales para la eventual transferencia del dominio entre las partes
mediante Contratos de Compraventa o Permuta de los siguientes inmuebles sitos en:
Uspallata 3102/3120/3160/3172/3196, de propiedad del Banco Ciudad de Buenos
Aires (EL BANCO) y en Carlos Pellegrini 211/291, de propiedad de este Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires (EL GOBIERNO);
Que el mentado convenio establece, entre otras cuestiones, que "EL GOBIERNO"
destinará el inmueble sito en la calle Uspallata como sede administrativa de gobierno y
de sus áreas dependientes y se compromete a mantener su estructura moderna,
adecuada y con identidad propia, toda vez que dicho inmueble posee ventajas
considerables en cuanto a su ubicación geográfica y sus vías de acceso, y en total
coincidencia con las políticas públicas orientadas al planeamiento estratégico y
desarrollo de la zona sur de la Ciudad, con el fin de contribuir a la modernización del
Estado y al incremento de la infraestructura pública al servicio de la ciudadanía;
Que, ambas partes, en el marco de sus competencias, se han comprometido a realizar
los actos necesarios para concretar lo previsto en dicho Acuerdo Preparatorio;
Que entre otras cuestiones la CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA del citado Acuerdo
establece que: "EL...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba