Resolución Nº 89/GCABA/SGCBA/16
Firmantes | Freda |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 14 de Abril de 2016 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el
Decreto N° 1.550/08 (BOCBA N° 3.095), la Resolución N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N°
3.597), el Expediente Electrónico N° 9.657.745-MGEYA-SGCBA/16, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que
posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que por Decreto N° 1.550/08, se delega en los/as señores/as Ministros/as del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes
comprendidos en la Ley N° 471, por un período que no podrá exceder de un (1) año,
renovable por un período similar;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la
Sindicatura de la Ciudad;
Que el artículo 69 del mencionado Estatuto establece "Licencia por razones familiares
o de otra índole: Para la atención de este tipo de asuntos, el/la Síndico/a General,
evaluará los motivos invocados por el interesado/a, y siempre que no se comprometa
en ningún caso la normal prestación del servicio, podrá concederse al personal una
licencia excepcional sin goce de haberes por un término no superior a un (1) año,
renovable -por única vez- por un periodo similar";
Que según surge del Expediente citado en el Visto, el Sr. Sebastián Adolfo PALACIO
RIUS (D.N.I. N° 33.557.843 - Ficha N° 802.678) solicitó el otorgamiento de una licencia
extraordinaria sin goce de haberes, y por el término de un (1) año;
Que atento a lo expuesto, y toda vez que el otorgamiento de la licencia no afectará la
normal prestación del servicio, corresponde acceder a lo peticionado, con carácter de
excepción en los términos del artículo 69 del Estatuto del Personal de la Sindicatura de
la...
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