Resolución Nº 89/GCABA/SGCBA/16

FirmantesFreda
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Abril de 2016

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el

Decreto N° 1.550/08 (BOCBA N° 3.095), la Resolución N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N°

3.597), el Expediente Electrónico N° 9.657.745-MGEYA-SGCBA/16, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la

Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que

posee autarquía administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las

atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura

General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de

personal;

Que por Decreto N° 1.550/08, se delega en los/as señores/as Ministros/as del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de

autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes

comprendidos en la Ley N° 471, por un período que no podrá exceder de un (1) año,

renovable por un período similar;

Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la

Sindicatura de la Ciudad;

Que el artículo 69 del mencionado Estatuto establece "Licencia por razones familiares

o de otra índole: Para la atención de este tipo de asuntos, el/la Síndico/a General,

evaluará los motivos invocados por el interesado/a, y siempre que no se comprometa

en ningún caso la normal prestación del servicio, podrá concederse al personal una

licencia excepcional sin goce de haberes por un término no superior a un (1) año,

renovable -por única vez- por un periodo similar";

Que según surge del Expediente citado en el Visto, el Sr. Sebastián Adolfo PALACIO

RIUS (D.N.I. N° 33.557.843 - Ficha N° 802.678) solicitó el otorgamiento de una licencia

extraordinaria sin goce de haberes, y por el término de un (1) año;

Que atento a lo expuesto, y toda vez que el otorgamiento de la licencia no afectará la

normal prestación del servicio, corresponde acceder a lo peticionado, con carácter de

excepción en los términos del artículo 69 del Estatuto del Personal de la Sindicatura de

la...

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