Resolución N° 87/SSSCOP/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 87/SSSCOP/22
Buenos Aires, 1 de abril de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código Penal de
la Nación, N° 5.688, N° 5.847 y N° 6.292 (textos consolidados según Ley N° 6.347),
los Decretos N° 178/2019, N° 18/22, N° 410/21 y N° 23/2022, Resolución N° 12-
SSSCOP/22, el Expediente Electrónico Nº 1810585- GCABA-CSFCABA/2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que el
Gobierno de la Ciudad coadyuva a la seguridad ciudadana desarrollando estrategias y
políticas multidisciplinarias de prevención del delito y la violencia;
Que por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado según Ley 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre otros, al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, entre las atribuciones del Ministerio de Justicia y Seguridad previstas por el
artículo 18° de la citada Ley, se encuentran las de elaborar, implementar y evaluar las
políticas y estrategias de seguridad pública, dirigir y controlar el sistema de prevención
de la violencia y el delito, en la formulación, implementación y evaluación de las
estrategias de prevención, y ejercer la dirección específica y coordinación de las
fuerzas policiales a través de las dependencias que determine su estructura;
Que, por otra parte, la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347)
estableció las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su
composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento,
así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que la norma citada en el párrafo precedente, establece que la seguridad pública
implica la acción coordinada y la interacción permanente entre las personas y las
instituciones del sistema democrático, representativo y republicano, particularmente,
los organismos componentes del mencionado Sistema Integral de Seguridad Pública
de la Ciudad;
Que, en ese sentido, la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347) dispone
que el Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe arbitrar los medios para
salvaguardar la libertad, la integridad y derechos de las personas, así como preservar
el orden público, implementando políticas públicas tendientes a asegurar la
convivencia y fortalecer la cohesión social, dentro del estado de derecho, posibilitando
el goce y pleno ejercicio, por parte de las personas, de las libertades, derechos y
garantías constitucionalmente consagrados;
Que, asimismo, el artículo 5° del citado texto legal determina que el Ministerio de
Justicia y Seguridad, es el organismo encargado de elaborar los lineamientos
generales en materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño de las
acciones preventivas necesarias y las tareas de control;
Que, por su parte, mediante la sanción de la Ley N° 5.847 (Texto consolidado según
Ley N° 6.347) se establecieron las bases jurídicas e institucionales correspondientes,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6350 - 04/04/2022

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