Resolución N° 87 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Mayo de 2019
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 84
CORDOBA, (R.A.) LUNES 06 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
Artículo 5°: La persona física o jurídica encargada de ejecutar la obra
es exclusivamente responsable de los daños y perjuicios que se puedan
generar a terceros o a sus bienes por causa o en ocasión a la ejecución de
la obra, quedando esta Administración Provincial o el Organismo que en el
futuro pudiese reemplazarla, eximida de cualquier responsabilidad.
Artículo 6°: PROTOCOLICESE. Publíquese en el Boletín Ocial. No-
tifíquese al Ing. Agrónomo Leonardo M. MENGO con domicilio en calle In-
tendente Ferrero N° 1123, Río Tercero, a la COMUNIDAD REGIONAL RÍO
CUARTO. Pase a la SECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS para su
conocimiento.
FDO: ING. JUAN PABLO BRARDA – PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA
APRHI. ING. HORACIO SEBASTIAN HERRERO – VOCAL DEL DIRECTORIO DE
LA APRHI. ING. PABLO JAVIER WIERZBICKY - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA
APRHI.
Resolución N° 86
Córdoba, 29 de Abril 2019.-
VISTO: el Expediente Nº 0733-017257/2018 en el que se tramita el Legajo
Técnico del Proyecto de obra denominado “CONTROL ESCURRIMIEN-
TOS CUENCA HERNANDO NORTE – LAS PEÑAS SUR II”.
Y CONSIDERANDO:
Que el presente Legajo Técnico se integra por: Memoria Descriptiva
(fs. 4/8), Estudio Hidrológico Hidráulico (fs. 9/24), Cómputo Métrico y Pre-
supuesto (fs. 25/27), Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares y
Designación de las Obras (fs. 28/39), y Planos (fs. 40/46). Todo lo cual se
encuentra debidamente rubricado por el Ingeniero Agrónomo Leonardo M.
MENGO - M.P N° 1999 en calidad de Responsable Técnico del Proyecto.
Que a fojas 48/49 se expide el Área de Saneamiento Rural de esta Ad-
ministración Provincial de Recursos Hídricos en Informe Técnico por medio
del cual, habiendo analizado el Legajo bajo estudio, concluye armando
que “…no existen inconvenientes de orden técnico para su aprobación”.
Que a fojas 49 surge el Visto Bueno otorgado por el señor Presidente
del Directorio de esta Administración, aprobando el Legajo Técnico objeto
de la presente.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de
Asuntos Legales Nº 113/2019 obrante a fojas 53 y facultades conferidas por
Ley Nº 9.867;
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS (APRHI)
RESUELVE
Artículo 1°: APROBAR el Legajo Técnico del Proyecto de obra deno-
minada “CONTROL ESCURRIMIENTOS CUENCA HERNANDO NORTE
– LAS PEÑAS SUR II” compuesto de Memoria Descriptiva, Estudio Hidro-
lógico Hidráulico, Cómputo Métrico y Presupuesto, Pliego de Especicacio-
nes Técnicas Particulares y Designación de las Obras y Planos.
Artículo 2°: El Ing. Agrónomo Leonardo M. MENGO - M.P 1999, es exclu-
sivamente responsable del estudio y exactitud de los cálculos y, eventualmente,
de los daños y perjuicios que se puedan generar a terceros o a sus bienes por
causa de los mismos. Quedando esta Administración Provincial o el Organismo
que en el futuro pudiese reemplazarla, eximida de cualquier responsabilidad.
Artículo 3°: Previo a la ejecución de la obra la persona física o jurídica
encargada de ejecutar la misma deberá acompañar y acreditar, por ante esta
Administración Provincial, la liberación de traza de los inmuebles involucrados.
Artículo 4°: La persona física o jurídica encargada de ejecutar la obra
deberá comunicar a esta Administración Provincial la fecha de inicio de los
trabajos y plazo de ejecución. Asimismo, al nalizar los trabajos deberá
acompañar los Planos Conforme a Obra debidamente rubricados.
Artículo 5°: La persona física o jurídica encargada de ejecutar la obra
es exclusivamente responsable de los daños y perjuicios que se puedan
generar a terceros o a sus bienes por causa o en ocasión a la ejecución de
la obra, quedando esta Administración Provincial o el Organismo que en el
futuro pudiese reemplazarla, eximida de cualquier responsabilidad.
Artículo 6°: PROTOCOLICESE. Publíquese en el Boletín Ocial. Noti-
fíquese al Ing. Agr. Leonardo M. MENGO con domicilio en calle Intendente
Ferrero N° 1123 de la Localidad de Río Tercero y a la COMUNIDAD RE-
GIONAL RÍO CUARTO. Pase a la SECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRI-
COS para su conocimiento.
FDO: ING. JUAN PABLO BRARDA – PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. HORACIO SEBASTIAN HERRERO – VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. PABLO JAVIER WIERZBICKY - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
Resolución N° 87
Córdoba, 29 de Abril 2019.-
VISTO: el Expediente N° 0733-000166/2019 en el que se tramita el Legajo
Técnico del Proyecto de obra denominado “NUEVAS CAPTACIONES SU-
BÁLVEAS – LOS MOLINOS – DPTO. CALAMUCHITA.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado Legajo Técnico se integra por: Memoria Descrip-
tiva (fs. 5/10), Pliego Particular de Especicaciones Técnicas (fs. 11/48),
Cómputo y Presupuesto (fs. 49/51) y Planos (fs. 52/57). Todo lo cual se
encuentra debidamente rubricado por el Ing. Pablo Javier Wierzbicki en su
calidad de Vocal del Directorio de la Administración Provincial de Recursos
Hídricos.
Que a fojas 58 el señor Presidente del Directorio de esta Administra-
ción Provincial otorga el Visto Bueno al proyecto referenciado.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura del Área
Asuntos Legales Nº 105/2019 obrante a fojas 59 y facultades conferidas
por Ley Nº 9.867;

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