Resolución N° 868/MHYDHGC/18

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 868/MHYDHGC/18
Buenos Aires, 24 de agosto de 2018
VISTO:
la Resolución N° 406-MHYDHGC-18, NO-2018-18194039-IVC y el EX-2018-
10499757- -MGEYA- DGDAI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 406-MHYDHGC-18, se efectivizó la renovación del
subsidio por los períodos proporcionales correspondientes a nueve (9) meses,
abarcando el período comprendido entre los meses de abril a diciembre de 2018
Que en fecha posterior al dictado de la mencionada Resolución, mediante NO-2018-
18194039-IVC, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires informa que
tanto el señor Pascual Navarro, DNI N° 16.932.705, como el señor Paulo Salvador
Piñeyro, DNI N° 23.770.084, no resultan integrantes de ninguno de los grupos
familiares que han suscripto contrato de comodato, por lo que corresponde se reanude
el pago del subsidio habitacional en el marco del Programa de Ayuda a las personas y
grupos familiares del Asentamiento AU7 "Villa Cartón";
Que corresponde la ampliación de la Resolución N° 406-MHYDHGC-18 y facultar a las
personas que en representación del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano podrán
suscribir los Convenios Particulares con los beneficiarios de la presente resolución, y;
Que obra la conformidad del titular de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y
Comunitario y de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 274/07 y su
ampliatorio Nº 144/09,
LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
RESUELVE
Artículo 1º.- Amplíese el Anexo I de la Resolución N° 406-MHYDHGC-18
incorporándose al mismo a los señores Pascual Navarro, DNI N° 16.932.705 y Paulo
Salvador Piñeyro, DNI N° 23.770.084 y dispóngase el pago de las sumas
proporcionales de los subsidios otorgados a tales beneficiarios del Programa de Ayuda
creado por Decreto Nº 274/07 y ampliado por Decreto Nº 144/09.
Artículo 2º.- Establézcase que los beneficiarios mencionados, percibirán el monto
correspondiente a los meses de abril de 2018 a diciembre de 2018.
Artículo 3º.- La suma proporcional a abonar a cada beneficiario se calcula conforme el
monto establecido de pesos tres mil ($ 3.000) mensuales, multiplicado por nueve (9)
en razón que el presente pago involucra nueve meses, de conformidad con lo
establecido en el artículo precedente.
Artículo 4º.- Deléguese en los agentes Mariano Goyenechea, DNI 22.641.840, y
Maximiliano Corach, DNI 22.809.111, la facultad de suscribir los convenios particulares
con los beneficiarios del Programa de Ayuda y proceder al pago de las sumas
dispuestas.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5460 - 19/09/2018

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