Resolución Nº 865/GCABA/MAYEPGC/16

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.809 modificada por la Ley N° 4.763, los Decretos N° 1312/08 y N°

390/GCBA/11, las Resoluciones N° 543-MHGC/13, N° 1363/MAYEPGC/ N°

629/MAYEPGC/08, N° 1535-MAYEPGC/11, N° 1553-MAYEPGC/11, N° 1517-

MAYEPGC/11 y N° 1363/MAYEPGC/10, el Expediente N° 325.968/13 e incorporados,

y

CONSIDERANDOS:

Que mediante la Resolución N° 629/MAYEPGC/08 de fecha 30 de abril de 2008 fue

aprobada la Licitación Publica N° 1444/07 y adjudicada a la firma EQUIMAC

S.A.C.I.F.E.I., la contratación de la obra "Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias

Urbanas por Niveles de Servicio - Zona 6";

Que por Resolución N° 1363/MAYEPGC/10 del 18 de octubre de 2010, se aprobó una

ampliación del monto contractual del 20%, correspondiente a la suma de Pesos Siete

Millones Ciento Doce Mil Ochocientos Treinta y Ocho con 18/100 ($ 7.112.838,18.-);

Que por Decreto N° 390/11 del 13 de julio de 2011, se aprobó un ampliación del monto

contractual del 30%, correspondiente a la suma de Pesos Diez Millones Seiscientos

Sesenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 27/100 ($ 10.669.257,27.-);

Que la mencionada empresa, en fecha 30 de marzo de 2012, solicitó la Cuarta (4°),

Quinta (5°), Sexta (6°) y Séptima (7°) Redeterminacion Definitiva de Precios del

aludido contrato, resaltando que conforme las panillas de cálculo, información de

precios y/o índices y antecedentes documentales, surge que a los meses de

septiembre de 2010, enero de 2011, junio de 2011 y octubre de 2011 se han producido

variaciones en la estructura de ponderación y por lo tanto corresponde acceder a su

petición;

Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo conforme a lo dispuesto

en la Ley N° 2809 modificada por la Ley N° 4763;

Que mediante las Resoluciones N° 1535-MAYEPGC/11, N° 1553-MAYEPGC/11 y N°

1517-MAYEPGC/11, se han aprobado la Cuarta, Quinta y Sexta Redeterminacion

Provisoria de Precios de la presente obra, estableciéndose un porcentaje de aplicación

de 7,23% 10,50% y 7,73% respectivamente;

Que el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, ha tomado la intervención prevista en

la normativa vigente, emitiendo la Providencia N° 01420093-EMUI/12...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR