Resolución N° 85-SSCPEE/18

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 85/SSCPEE/18
Buenos Aires, 7 de febrero de 2018
VISTO
La Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las
Leyes Nacionales Nros. 26. 206 y 26.058, las Resoluciones Nros. 13/07, 47/08, 79/09,
84/09, 88/09, 91/09 , 93/09, 103/10, 120/10, 229/14, 266/15 del Consejo Federal de
Educación, las Leyes N° 898, 2905, 5460 y su modificatoria, los Decretos N° 363/15 y
sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 4145/SSGECP/12, 2822/MEGCBA/14,
321/MEGC/15, 1.189/MEGC/15, 2.427/MEGC/15, 306/SSPLINED/16, 78/SSCPEE/17,
el Expediente Electrónico N° 29403851/MGEYA-DGEDS/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional, reconoce y garantiza, el derecho a aprender y enseñar;
Que en su artículo 75 inciso 22 prevé, que corresponde al Congreso de la Nación,
"Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad
nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la
responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la
promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades
sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la
educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales";
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, reconoce y garantiza un sistema
educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a
un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley Nacional de Educación, estableció en su artículo 29 la obligatoriedad de la
escuela secundaria, lo cual se encontraba previsto en la normativa local por la Ley N°
898;
Que en este sentido, el artículo 12 de la Ley Nacional de Educación otorga la
responsabilidad al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de planificar, organizar y administrar el sistema educativo;
Que en su artículo 16 prevé, que el Ministerio de Educación de la Nación, y las
autoridades jurisdiccionales asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a
través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción que se ajusten a los
requerimientos locales, comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad en todo el país y en todas las situaciones
sociales;
Que en su artículo 32, establece que el Consejo Federal de Educación fijará las
disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones garanticen, entre otras
cuestiones, la revisión de la estructura curricular de la Educación Secundaria, con el
objetivo de actualizarla y establecer criterios organizativos y pedagógicos comunes y
núcleos de aprendizaje prioritarios a nivel nacional;
Que la Ley Nacional de Educación establece que la estructura del Sistema Educativo
Nacional comprende cuatro niveles - Educación Inicial, Educación Primaria, Educación
Secundaria y Educación Superior - y ocho modalidades, entre las cuales se incluye la
Educación Técnico Profesional;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5320 - 22/02/2018

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