Resolución N° 85/FGCABA/22

EmisorMinisterio Público Fiscal
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.° 85/FG/22
Buenos Aires, 30 de agosto de 2022
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 5, 17 inciso 7° y 31 inciso 4° de la Ley N° 1903, la Resolución FG
N° 89/2021 y la Actuación Interna Nro. 30-00071876, y
CONSIDERANDO:
Que, entre las atribuciones y competencias del Fiscal General establecidas por la Ley
N° 1903, está aquella prevista en el artículo 31, inciso 4°, consistente en “Fijar normas
generales para la distribución del trabajo del Ministerio Público Fiscal, y supervisar su
cumplimiento”.
Que, por Resolución FG N° 89/2021 se dispusieron los cuadros de turnos aún vigentes
para las Fiscalías de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas tanto
de competencia general como de aquellas especializadas en violencia de género.
Que, con motivo del próximo vencimiento de aquel esquema previsto hasta el 31 de
diciembre de 2022, corresponde fijar los nuevos cuadros de turnos que regirán, en los
mismos términos, durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de
diciembre de 2023; los cuales se incorporan como ANEXOS I y II a la presente
resolución.
Por ello, y de conformidad a lo previsto por la Ley N° 1903,
EL FISCAL GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°. - Establecer el cuadro de turnos de las Fiscalías de Primera Instancia en lo
Penal, Contravencional y de Faltas con competencia general, para el período
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023, que como ANEXO I
integra la presente resolución.
Artículo 2°. - Establecer el cuadro de turnos de las Fiscalías Especializadas en
Violencia de Género, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de
diciembre de 2023, que como ANEXO II conforma la presente resolución.
Artículo 3°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del
Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a los
Fiscales interesados; y comuníquese al señor Fiscal General Adjunto en lo Penal y
Contravencional, al señor Fiscal General Adjunto de Faltas, al señor Fiscal General
Adjunto de Gestión, a los Secretarios Generales y Judiciales de este Ministerio Público
Fiscal, por correo electrónico a los/las integrantes del Ministerio Público Fiscal, a la
Sra. Defensora General y a la Sra. Asesora General Tutelar del Ministerio Público de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor Presidente del Consejo de la
Magistratura, al Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal,
Contravencional y de Faltas y por su intermedio a los/las jueces de Primera y Segunda
Instancia del mismo fuero, al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, al Presidente de la Comisión de Justicia de la Legislatura,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6451 - 31/08/2022

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