Resolución N° 85/AGC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 85/AGC/19
Buenos Aires, 26 de febrero de 2019
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (texto consolidado por Ley N°
6.017), el Decreto N° 93-GCBA/2006 y modificatorio Nº 197-GCBA/2017, la
Disposición Nº1774-DGHP/2018, el Expediente N° 3682325/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de habilitación para
el local sito en la calle Dr. Tomás Manuel de Anchorena Nº 1392, Planta Baja, Unidad
Funcional Nº 0002 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el rubro
Peluquería y Barbería, a nombre del señor Jorge Luis Puyol;
Que a través de la Disposición N° 1774-DGHP/18 de fecha 21 de Febrero de 2018, la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos rechazó la mencionada solicitud, de
conformidad a lo normado por el artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06, por no
haberse subsanado las intimaciones oportunamente formuladas, notificando al
administrado el 27 de febrero de 2018;
Que por Presentación Agregar N° 001 del 16 de marzo de 2018, el Sr. Jorge Luis
Puyol, interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra el acto
administrativo que rechaza la habilitación, solicitando prórroga de noventa días (90),
para poder realizar las mejoras intimadas;
Que a fs.52, la Dirección General Habilitaciones y Permisos, informó que no
correspondía hacer lugar al pedido de prórroga solicitada, atento haberse presentado
en forma extemporánea;
Que por Presentación Agregar Nº 002 (fs.53/58), el interesado agregó nueva
documentación a fin de subsanar las observaciones oportunamente notificadas que
dieron lugar al rechazo de la habilitación;
Que mediante la Providencia N° PV-2018-15748908-DGHP de fecha 4 de junio de
2018 la Subgerencia Operativa de Habitaciones Simples con Plano dependiente de la
Dirección General Habilitaciones y Permisos entendió que "...visto que con la
documentación agregada se subsana la totalidad de las observaciones que generaron
el rechazo, se remite para el levantamiento del mismo (...) dado el cumplimiento por
parte del administrado de los requisitos establecidos por la norma vigente (...) están
dadas las condiciones técnicas y legales para el dictado del Acta administrativo que
otorgue la habilitación requerida.-";
Que en virtud de que la vía recursiva fue deducida a los trece (13) días hábiles de la
notificación del acto recurrido, corresponde el tratamiento de dicha presentación como
Recurso Jerárquico directo, en los términos del Artículo 112 del Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 1.510-GCBA/97;
Que habida cuenta lo informado por la Dirección General de Habilitaciones y
Permisos, en el sentido de que con la documentación aportada se han subsanado las
observaciones que motivaron el rechazo de la solicitud de habilitación, corresponde
declarar abstracto el tratamiento del recurso incoado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5574 - 11/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR