Resolución N° 849/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 849/ERSP/17
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2017
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de
Higiene Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y
Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria
Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 672 del 04 de octubre de 2017, el Expediente Nº
1901/EURSPCABA/2015, y
CONSIDERANDO:
Que conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 1901/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de un plan de control
correspondiente al mes de Marzo de 2015, en la denominada zona 1 a cargo de la
empresa Aesa, Aseo y Ecología SA;
Que, a fs. 3 y 6/7 obran planilla de fiscalización y la notificación vía correo electrónico.
Cumplido el plazo, a fs. 8 obra el Acta de Fiscalización Nº 00119788/ERSP/2015, del
día 27/03/2015, la cual expresa que en la calle 25 de Mayo frente 392 se detectó la
falta de reparación del cesto papelero con etiqueta Nº 87704;
Que, a fs. 9 obra el Acta de Fiscalización 00119774/ERSP/2015, del día
27/03/2015, la cual expresa que en la calle 25 de Mayo 695 se detectó la falta de
reparación del cesto papelero con etiqueta Nº 87706;
Que, a fs. 12/13, el Área Técnica en su Informe Preliminar Nº 1135/ACA/2015
recomienda el inicio del correspondiente sumario. Consecuentemente, a fs. 16 la
Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso dispuso la apertura del sumario,
notificando a fs. 19 a la empresa sumariada la presunta infracción por ella cometida;
Que, a fs. 21/27 obra el descargo de la empresa Aesa, Aseo y Ecología S.A.;
Que, la Disposición 1-DGLIM-2015 fija el plazo para la implementación del
equipamiento nuevo para el servicio a partir del 01/04/15;
Que, las inspecciones obrantes en los presentes son anteriores a dicho plazo;
Que, en dicho orden de cosas, y sin perjuicio de la verificación "prima facie" de una
potencial sanción, la empresa sumariada estaría temporalmente dispensada del
cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5383 - 30/05/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR