Resolucion N° 845

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2014

RESOLUCION N° 845

Mendoza, 5 de diciembre de 2014

Visto el expediente N° 4790-S-2013-30093-E-0-5 en el cual la Dirección de Administración y Control de Obras Públicas eleva para su aprobación el Convenio N° 1 de Adicionales, celebrado con la Empresa Sanco S.A., contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública Ciudad de Tunuyán - Departamento Tunuyán - Mendoza", según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 294-IE-2013; y

CONSIDERANDO:

Por lo expuesto y teniendo en cuenta lo previsto en el Artículo 49 Inciso b del Decreto-Ley 4416/80 (de Obras Públicas) y lo dictaminado por el Consejo de Obras Públicas y la Asesoría Legal del Ministerio,

En ejercicio de las facultades conferidas por Decreto-Acuerdo N° 720/1998 y artículo 19 del Decreto N° 1497/02

EL MINISTRO

DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio N° 1 de Adicionales, celebrado en fecha 17 de noviembre del año 2014 entre la Dirección de Administración de Contrato y de Obras Públicas, representada por su titular, Ingeniero Pablo Gudiño y la Empresa Sanco S.A. representada por su Presidente Ingeniero Jorge Sanchis, contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública Ciudad de Tunuyán - Departamento Tunuyán - Mendoza", según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 294-IE-2013. El referido instrumento en fotocopia autenticada, constante de una (1) hoja, integra la presente resolución como Anexo.

Artículo 2°

El gasto emergente del Convenio aprobado por la presente resolución, será atendido por intermedio de la Tesorería General de la Provincia, con cargo al Presupuesto vigente Ejercicio 2014, Unidad de Gestión de Crédito O95402-512-01-000, Unidad de Gestión de Consumo O95402, de acuerdo al siguiente detalle:

• Adicional

Obra Pública

39.524,76

• Variaciones

de Precios

12.000,00

Total General

51.524,76

Artículo 3°

Autorícese a los Servicios Administrativos pertinentes a imputar directamente del crédito presupuestario de la partida de la obra pública de que se trata, el monto necesario para atender el Item: "Variaciones de Precios", en los casos en que la suma prevista originalmente resulte insuficiente para atender las obras en ejecución y a ejecutar en el futuro.

Artículo 4°

Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Rolando D. Baldasso

ANEXO

Convenio N° 1 de Adicionales

Entre la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas del...

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