Resolución N° 843-MMIYTGC/17

EmisorMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2017

RESOLUCIÓN N.° 843/MMIYTGC/17

VISTO:

La Ley N° 2.095, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (ambos textos consolidados Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 66/14, 400/15 y 326/17 y las Resoluciones Nros. 159/UPEJOL/17 y 167/UPEJOL/17, el Expediente Electrónico N° 22.924.683/UPEJOL/17, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la Contratación Directa N° 9982-1173-CDI17 para la contratación de un "Servicio de Integración Tecnológica" para los Juegos Olímpicos de la Juventud "Buenos Aires 2018" con destino a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos Buenos Aires 2018" en el marco del artículo 28 inciso 5° de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario;

Que mediante Resolución N° 159/UPEJOL/17 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se procedió al llamado de la referida Contratación Directa para el día 3 de noviembre de 2017 a las 11:00 horas; Que posteriormente por Resolución N° 167/UPEJOL/17 se contrató a la firma ATOS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68012182-2) por un monto de euros tres millones treinta y cinco mil seiscientos setenta y uno ( 3.035.671.-) en el marco de la citada Contratación Directa;

Que el Decreto Nº 326/17 establece los niveles de decisión y cuadro de competencias, contemplando que el Subsecretario o el funcionario con rango o responsabilidades equivalentes puede aprobar y adjudicar el procedimiento hasta 3.000.000 de Unidades de Compras;

Que el Decreto N° 66/14 creó a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con rango, nivel y atribuciones de Subsecretaría;

Que por su parte el Decreto N° 400/15 transfirió el referido Organismo Fuera de Nivel, con su personal, patrimonio y presupuesto, a la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que consecuentemente, corresponde a su superior jerárquico avocarse en su competencia, conforme lo establece el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 5.666);

Que se le dio la debida...

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