Resolución N° 84/ISSP/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 84/ISSP/19
Buenos Aires, 30 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones N°
397/MJYSGC/19, N° 60/ISSP/18 y N° 38/ISSP/19, la Nota N°
16289291/GCABA/SAISSP/19, el Expediente Electrónico N°
16424185/GCABA/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la
formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad
pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de
la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad
ciudadana y de la dirección y la a ministración general del sistema policial, a todos
aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así
como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana
de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y
capacidad;
Que la mentada ley en el artículo 405 establece que la formación y capacitación
general en materia de seguridad pública está destinada a todos aquellos funcionarios y
personal que integran los organismos públicos involucrados en el Sistema Integral de
Seguridad Pública y a los que intervengan en los procesos de elaboración, ejecución y
evaluación de estrategias y políticas públicas en materia de seguridad, como así
también a todos los ciudadanos interesados en formarse en temas de seguridad
pública;
Que en dicho contexto, por medio del Decreto PEN N° 873/2016, se dispuso transferir
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los programas de asistencia directa y los
dispositivos gubernamentales de intervención con adolescentes infractores a la Ley
Penal que dependieran del entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia (Art. 1, Decreto N° 873/2016), como así también el Cuerpo Especial de
Seguridad y Vigilancia (Art. 2, Decreto N° 873/2016), al que se le "...asignó la misión
de custodiar a los adolescentes alojados dentro de los establecimientos de menores
(...) y cuando deban trasladarse fuera de éstos, con arreglo a las directivas que se les
imparta y observando para con los adolescentes confiados a su custodia un
tratamiento respetuoso de los derechos humanos" (cfr. Fundamentos del Decreto N°
873/16);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5631 - 04/06/2019

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