Resolución Nº 84/GCABA/SSJUS/17
Firmantes | EnrÃquez |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA |
VISTO:
La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N°
5.460 y los Decretos N° 369/16 y N° 75/16, y el expediente N° 6181324/17, y
CONSIDERANDO:
Que la escribana Cynthia Mariela Manis, matrícula N° 4643, titular del Registro Notarial
N° 1548, ha solicitado se designe como adscripta al citado registro a la escribana
Bibiana Andrea Velocci, matrícula N° 5374;
Que por otra parte, la escribana Bibiana Andrea Velocci ha presentado su renuncia, al
cargo de adscripta del Registro Notarial N° 420;
Que en tal sentido, el escribano Armando Silvio Paganelli, titular del Registro Notarial
N° 420, ha prestado conformidad a la renuncia efectuada por la escribana Bibiana
Andrea Velocci;
Que en relación con la renuncia presentada por la escribana Bibiana Andrea Velocci al
cargo de adscripta del Registro Notarial N° 420, la peticionante ha dado cumplimiento
con lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto reglamentario de la Ley Orgánica
Notarial, al presentar su renuncia, por escrito, ante el Colegio de Escribanos de la
Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la
situación de la colegiada al momento de su presentación;
Que conforme surge de las constancias obrantes en autos, se han efectuado las
inspecciones de protocolo correspondientes a los Registros Notariales N° 420 del cual
está renunciando y del N° 1548, para el cual es propuesta, tal como estipula el art. 13
del Decreto N° 1.624/00, obteniendo resultado favorable;
Que con relación a la solicitud de adscripción, se encuentra acreditado que la
escribana titular proponente tiene una antigüedad en tal carácter en esta Ciudad, no
inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, conforme lo
exige el artículo 46, inciso a), de la ley 404 y el artículo N° 22 del Decreto
reglamentario;
Que la escribana Bibiana Andrea Velocci ha obtenido un puntaje de cinco (5) puntos
en la prueba escrita y de seis (6) puntos en la prueba oral de la evaluación de
idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende,
lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de...
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