Resolución N° 83/OAYF/19

EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN Nº 83/OAyF/19
Buenos Aires, 26 de marzo de 2019
VISTO:
El TEA A-01-00002736-3/2019 caratulado “D.G.C.C. s/ Impresión Constituciones de la
CABA (Pocket)”; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de siete mil quinientas
(7.500.-) Constituciones pocket de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según las
características técnicas que adjuntó (v. Adjunto 4125/19).
Que cabe destacar que por Resolución CM N° 188/2018 se aprobó la participación del
Consejo de la Magistratura de la Ciudad en la 45° Feria Internacional del Libro de
Buenos Aires a realizarse entre el 23 de abril y el 13 de mayo del corriente en la Rural,
Predio Ferial de Palermo. Asimismo, se encomendó a la Editorial Jusbaires, la
coordinación y organización de las acciones derivadas de la actividad en cuestión.
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el
presupuesto elaborado por Eudeba S.E.M. para la contratación requerida, que
asciende a doscientos setenta y ocho mil setecientos setenta pesos ($ 278.770,00) (v.
Adjunto 4402/19).
Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la
firma Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su
capital social reúne capitales públicos, pertenecientes en este caso a un ente
administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,
manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del
artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (v. Adjuntos 4677/19 y
4687/19).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de
Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria
correspondiente (v. Constancia de Registración N° 475/02 2019 - Adjunto 4654/19).
Que a su turno, la Editorial Jusbaires brindó conformidad a las características técnicas
detalladas en el presupuesto elaborado por Editorial Eudeba SEM (cfr. Memo N°
2047/19).
Que posteriormente la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención
que le compete y emitió el Dictamen DGAJ Nº 8763/19. Allí, mencionó que “(…) con
carácter previo a continuar con la presente contratación, resulta necesario que se
cumpla con la aprobación de la publicación por parte del Consejo Editorial (Artículo 1
inciso b) del Anexo XX de la Resolución de Presidencia N° 1258/2015”. Luego, realizó
una reseña de lo actuado, citó el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley
4764 y el inciso 11 del artículo 28 de la Resolución CM Nº 1/2014 y concluyó que “una
vez cumplido con lo requerido en el párrafo anterior, no habrá obstáculo, desde el
punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite del presente expediente”.
Que la Editorial Jusbaires adjuntó a los presentes actuados el Acta del Consejo
Editorial N°10 de donde surge la aprobación de la publicación en cuestión, con lo que
se tiene por cumplida la observación realizada por el órgano de asesoramiento jurídico
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5590 - 03/04/2019

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