Resolución N° 827/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N827/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, las Leyes Nos. 70, 1218, 2809 y
5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley Nº
5960, el DNU N° 1510/GCBA/97 ratificado por la Resolución N° 41/LCABA/98 como
Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad (Texto consolidado por la Ley
6017), los Decretos Nos. 127/GCBA/14, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus
modificatorios, las Resolución No. 29-SSOBRAS/17 y 601/MHGC/14, el expediente
electrónico N° 2017-18498747-MGEYA-DGTALMH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente electrónico N° 2017-18498747-MGEYA-DGTALMH,
tramita el proyecto de Resolución aprobatorio del Acta de Redeterminación de Precios
oportunamente suscripta entre la señora Directora General Técnica, Administrativa y
Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y la empresa
contratista VILLAREX S.A., referida a la redeterminación definitiva de precios de la
obra "Paseo de la Ribera- La Boca etapa 2", conforme se adjunta al presente mediante
Anexo I (IF-2019-36013583-DGTALMDUYT);
Que a través de la Resolución N° 29-SSOBRAS/17, se aprobó la Licitación Pública N°
216/SIGAF/2017, adjudicándose la Obra arriba mencionada, a la firma VILLAREX SA
por un monto total de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y
CUATRO MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 55/100 ($14.534.310,55.-);
Que la citada Acta determina que la misma se suscribe "Ad Referendum" de la
Resolución que oportunamente emita el señor Ministro de Desarrollo Urbano y
Transporte;
Que conforme la normativa citada precedentemente, en la Ciudad se encuentra
vigente el Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13064;
Que en virtud de la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la Ley 6017) se estableció el
Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública
regidos por la Ley Nacional N° 13064, régimen cuyo principio rector es el
mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos, destinado
exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del costo
sufrido por el contratista;
Que mediante Decreto N° 127/GCBA/14 se aprobó la reglamentación del Régimen de
Redeterminación de Precios establecido por la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la
Ley 6017), estipulando en su art. 4° que los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo
y los titulares de reparticiones con rango o nivel equivalente de las respectivas
Jurisdicciones comitentes aprueban las redeterminaciones definitivas de precios que
deban efectuarse en los contratos de obras públicas, de servicios de mantenimiento
regidos por la Ley N° 13064, entre otros;
Que el Art. 3° del DNU N° 1510/GCBA/97 ratificado por la Resolución N° 41/LCABA/
98 como Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad (Texto consolidado por
la Ley N° 6017) establece que "Los Ministros y demás funcionarios del Poder Ejecutivo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5748 - 25/11/2019

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