Resolución N° 826/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N826/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, las Leyes Nos. 70, 1218, 2809 y
5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificada por la Ley Nº
5960, el DNU N° 1510/97 ratificado por la Resolución N° 41/LCABA/ 98 como Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad (Texto consolidado por la Ley 6017), los
Decretos Nos. 127/GCBA/14, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las
Resolución No. 463-MDUYTGC/14 y 601/MHGC/14, el expediente electrónico N°
2015-20647106-MGEYA-DGTALMH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente electrónico N° 2015-20647106-MGEYA-DGTALMH
tramita el proyecto de Resolución aprobatorio del Acta de Redeterminación de Precios
oportunamente suscripta entre la señora Directora General Técnica, Administrativa y
Legal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y la empresa
contratista SES S.A., referida a la 1° a 4° redeterminación definitiva de precios de la
obra Básica y los Balances de Economías y Demasías Nos. 1, 2 y 3 de la Obra:
"Instalaciones eléctricas de corrientes fuertes, corrientes débiles e iluminación-
Oficinas Palacio Lezama", conforme se adjunta al presente mediante Anexo I (IF-2019-
36016054-DGTALMDUYT);
Que a través de la Resolución N° 463-MDUGC/14, se aprobó la Licitación Pública N°
1716/2014, adjudicándose la Obra “Instalaciones eléctricas de corrientes fuertes,
corrientes débiles e iluminación - Oficinas Palacio Lezama“, a la firma SES S.A. por un
monto total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y
CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 53/100 ($43.174.940,53);
Que la citada Acta determina que la misma se suscribe "ad referendum" de la
Resolución que oportunamente emita el señor Ministro de Desarrollo Urbano y
Transporte;
Que conforme la normativa citada precedentemente, en la Ciudad se encuentra
vigente el Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13064;
Que en virtud de la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la Ley 6017) se estableció el
Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública
regidos por la Ley Nacional N° 13064, régimen cuyo principio rector es el
mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos, destinado
exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del costo
sufrido por el contratista;
Que mediante Decreto N° 127/GCBA/14 se aprobó la reglamentación del Régimen de
Redeterminación de Precios establecido por la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la
Ley 6017), estipulando en su art. 4° que los Ministros, y Secretarios del Poder
Ejecutivo, y los titulares de reparticiones con rango o nivel equivalente de las
respectivas Jurisdicciones comitentes aprueban las redeterminaciones definitivas de
precios que deban efectuarse en los contratos de obras públicas, de servicios de
mantenimiento regidos por la Ley N° 13064, entre otros;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5748 - 25/11/2019

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