Resolución N° 807/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 807/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, las Leyes Nos. 70, 1218, 2809 y
5460 (Texto consolidado por la Ley N° 6017), parcialmente modificado por la Ley Nº
5960, el DNU N° 1510/97 ratificado por la Resolución N° 41/ LCABA/ 98 como Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad (Texto consolidado por la Ley 6017), los
Decretos Nos. 127/GCBA/14, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus modificatorios, la
Resolución No. 601/GCBA/14, el expediente electrónico N° 2019-24167424-GCABA-
DGTALMEF, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente electrónico Nº 2019-24167424-GCABA-DGTALMEF
tramita el Proyecto de Resolución aprobatorio del Acta Acuerdo de la Segunda
Redeterminación Definitiva de Precios del Adicional N° 1, de la obra
"Reacondicionamiento de Cubiertas e Instalaciones del Teatro Presidente Alvear", por
aplicación de lo dispuesto en la Ley 2809 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), que
tramitara en la Licitación Pública N° 313/2014 y fuera adjudicada oportunamente a la
Empresa VIDOGAR CONSTRUCCIONES S.A.;
Que el Acta arriba citada fue suscripta por la señora Directora General Técnica,
Administrativa y Legal, "AD REFERÉNDUM" de la firma del titular del MINISTERIO DE
DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE en representación del GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y por el apoderado de la contratista;
Que en virtud de la normativa citada precedentemente, en la Ciudad se encuentra
vigente el Régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13064;
Que en virtud de la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la Ley 6017) se estableció el
Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública
regidos por la Ley Nacional Nº 13064, régimen cuyo principio rector es el
mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos, destinado
exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del costo
sufrido por el contratista;
Que mediante Decreto N° 127/GCBA/14 se aprobó la reglamentación del Régimen de
Redeterminación de Precios establecido por la Ley N° 2809 (Texto consolidado por la
Ley 6017), estipulando en su art. 4° que los Ministros, y Secretarios del Poder
Ejecutivo, y los titulares de reparticiones con rango o nivel equivalente de las
respectivas Jurisdicciones comitentes aprueban las redeterminaciones definitivas de
precios que deban efectuarse en los contratos de obras públicas, de servicios de
mantenimiento regidos por la Ley N° 13064, entre otros;
Que el Art. 3°del DNU N° 1.510/97 ratificado por la Resolución N° 41/ LCABA/ 98
como Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad (Texto consolidado por la
Ley N° 6017) establece que "Los Ministros y demás funcionarios del Poder Ejecutivo y
los titulares de los órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o
impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones,
circulares y reglamento internos, a fin de asegurar celeridad, economía, sencillez y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5744 - 19/11/2019

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