Resolución N° 801/MDUYTGC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 801/MDUYTGC/18
Buenos Aires, 4 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley N° 5460 y su modificatoria, el Decreto N° 1510/GCBA/97, los Decretos Nros.
359/GCBA/2015, 363/GCBA/2015 y sus modificatorios, Decreto N° 403/GCBA/16, las
Resoluciones Nros 472/MJGGC/15, 677/SECTRANS/17, 87/SECTRANS/18,
580/MDUYTGC/2018 y 372/MDUYTGC/2018; la Resolución Conjunta Nº
2/SECTRANS/16 y los Expedientes Nros. EX 2012-2459699-SECTRANS, EX2017-
24442832-SECTRANS, EX-2018-6272677-SECTRANS, EX-2018-11406303-
DGTALMDUYT, EX 2018-14493716-DGTALMDUYT, EX-2018-22170750-
DGTALMDUYT y EX-2018-16318383- DGTALMDUYT, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 677/SECTRANS/17 se rescindieron los contratos de concesión
adjudicados mediante Resolución N° 472/MJGGC/15 y firmados entre Inspecentro
S.A-Sucursal Argentina y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
fecha 23 de junio de 2015 para la Prestación del Servicio de Verificación Técnica
Vehicular Obligatoria de los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y Optativa de los radicados en Jurisdicciones Extrañas, ejecutando en adición la
garantía de adjudicación constituida de conformidad al artículo 46 del Pliego de Bases
y Condiciones Particulares;
Que INSPECENTRO S.A. Sucursal Argentina (en adelante INSPECENTRO), el día 30
de enero de 2018, planteó la nulidad e interpuso Recurso de Reconsideración con
Jerárquico en Subsidio contra la Resolución N° 677/SECTRANS/17;
Que la Secretaria de Transporte mediante la Resolución N° 87/SECTRANS/18
rechazó el Recurso de Reconsideración interpuesto por INSPECENTRO contra la
Resolución N° 677/SECTRANS/2017;
Que el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte, mediante Resolución N°
372/MDUYTGC/2018, rechazo el Recurso Jerárquico en subsidio incoado por
INSPECENTRO, en la cual se le hizo saber que contra dicha Resolución no
procedería recurso administrativo alguno por haberse agotado la instancia
administrativa, ello sin perjuicio del recurso especial de reconsideración contra
decisiones definitivas previsto por el art. 123 de la referida Ley;
Que INSPECENTRO, el día 4 de junio del corriente año interpuso queja amparado en
el Artículo 89 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la CABA;
Que el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte, mediante Resolución N°
580/MDUYTGC/2018, rechazo la queja incoada por INSPECENTRO, haciéndole saber
que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 93 de Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N°
1510/GCBA/97, contra dicha Resolución no procede recurso administrativo alguno;
Que asimismo, INSPECENTRO, el día 8 de junio del corriente año interpuso Recurso
de Reconsideración en los términos de los artículos 119 y 103 del Decreto N° 1510/97
(artículo 123 del Decreto N° 1510/GCBA/97 según texto consolidado por Ley 5666),
contra la Resolución N° 372/MDUYTGC/2018, mediante la cual, como se dijo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5474 - 09/10/2018

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