Resolución N° 80 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Diciembre de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 259
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas
con el N° 457/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1023/2021 y en uso
de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que
fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera ge-
nérica por Ley N° 10.175, e individualizado por Resolución N° 122/2014
del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las faculta-
des delegadas por Decreto N° 676/2014, ubicado en Pedanía Monsalvo,
Departamento Calamuchita de esta Provincia, inscripto en su mayor su-
percie en el Registro General de la Provincia en Matrícula N° 202.532
(12-06), con una supercie a afectar de 4 ha., 8.863 m2, designado como
Polígono A de acuerdo al Plano de Mensura, confeccionado por el Ing.
Agrimensor Sergio Adrián CASTILLO, y visado por la Dirección General
de Catastro, con fecha 15 de enero de 2018, en el Expediente N° 0033-
103549/2017; y, consecuentemente, APRUEBASE el Convenio Denitivo
de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que como Anexo I, com-
puesto de veinte (20) fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la
rma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de
Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la
ciudad de Córdoba, y la sociedad Rivero & Asociados S.R.L. -ex Estable-
cimiento La Herminia S.R.L.-, C.U.I.T. N° 30-70821183-0, propietaria del
mencionado bien, representada en ese acto por el señor Mario Edgardo
(o Edgar) RIVERO, D.N.I. N° 16.311.824, en carácter de Socio Gerente,
para ser destinado a la ejecución de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZA-
DA RUTA NACIONAL N° 36 - TRAMO: SAN AGUSTÍN - PEAJE PIEDRAS
MORAS - AFECTACIÓN POR ENSANCHE”.
Artículo 2°,- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión a
favor del Estado Provincial será efectuada conforme a lo dispuesto por el
artículo 21 de la Ley N° 6394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa
Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 80 - Letra:D
Córdoba, 16 de diciembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0039-081051/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que, en razón de lo autorizado por la Ley N° 10.691 y lo establecido por
el Decreto N° 279/2020 y N° 301/2020, mediante la Resolución N° 88/2020,
este Ministerio dispuso la emisión de los Títulos de Deuda para la Cancelación
de Deudas con Contratistas y Proveedores del Estado por el importe de Va-
lor Nominal de Pesos Nueve Mil Millones ($ 9.000.000.000), de acuerdo a las
condiciones allí detalladas, entre las que se cuenta que tales Títulos, podrán
rescatarse antes de su vencimiento a opción y criterio de la Provincia.
Que, dada emisión y colocación de Títulos practicadas y las condicio-
nes de la operatoria programada, se verica en la actualidad, respecto de
aquella emisión total, un remanente en circulación por el Valor Nominal
Pesos Ochocientos Noventa y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta Mil
(V/N $ 898.650.000,00), deviniendo entonces conveniente y necesario,
en este estadio, el rescate de aquellos Títulos de Deuda para la Cance-
lación de Deudas con Contratistas y Proveedores del Estado, que la Pro-
vincia ha recibido en pago de acreencias tributarias y no tributarias, de
los adquiridos por transferencia y de los emitidos no adjudicados, todos,
los que en conjunto, lo son por el Valor Nominal Pesos Ocho Mil Ciento
Un Millones, Trescientos Cincuenta Mil (V/N $ 8.101.350.000,00), corres-
pondiendo a su vez, retirar el Certicado Global Permanente depositado
en Caja de Valores S.A. - primera emisión - y consecuentemente, aprobar
el novel Certicado Global Permanente, representativo ahora por el por
el Valor Nominal Pesos Ochocientos Noventa y Ocho Millones Seiscien-
tos Cincuenta Mil (V/N $ 898.650.000,00), para su depósito en el citado
Agente Depositario.
Por todo ello, normativa citada, lo dispuesto por la Ley N° 10.691,
los Decretos N° 279/2020 y N° 301/2020, la Resolución N° 2020-57-
APN – SH#MEC de la Secretaria de Hacienda, dependiente del Minis-
terio de Economía de la Nación y la Resolución Ministerial N° 88/2020,
lo informado por la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Pú-
blico y la Contaduría General de la Provincia, ambas dependientes de
la Secretaría de Administración Financiera de esta Cartera de Estado,
y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio de
Finanzas al Nº 630/2021;

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