Resolución N° 8 Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Enero de 2022
EmisorContaduría general de la provincia
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 7
CORDOBA, (R.A.) LUNES 10 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Que, en cumplimiento del artículo 3º de la Ley Nº 8614, la Dirección de
Jurisdicción de Administración de la Secretaría de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación elabora informe en el que maniesta que de
acuerdo a los antecedentes existentes en la Sección Patrimonial del citado
Ministerio, el inmueble con Nominación Catastral Nº 11-01-01-08-11-067-
001-000, “…está afectado al uso del Ministerio de Educación de la Provin-
cia de Córdoba”, incorporando Reporte Parcelario.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/2008, el Minis-
terio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras
Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417 y sus
Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en relación
al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los nes
de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo- del
Anexo I del Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 564/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77, Nº 4758/77 y Decreto N° 100/2017 entiende
que atento que la obra supera el índice dos mil (2000) resulta oportuno
dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma,
como también maniesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a
la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo
dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
564/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “TERMINACIÓN DE EDIFICIO PARA EL INSTITUTO DE FOR-
MACIÓN DOCENTE “RENEE TRETEEL DE FABIÁN” – LOCALIDAD DE
CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA
– Programa Aurora”, conforme la documentación técnica compuesta por:
Programación Educativa, Memoria Descriptiva de Arquitectura, Pliego de
Especicaciones Técnicas Generales para Infraestructura Escolar, Pliego
de Especicaciones Técnicas Particulares, Cómputo General de Obra Nue-
va, Presupuesto Detallado, Análisis de Precios, Plan de Avance y Curva
de Inversión, Factores de Costo y Planos, todos suscriptos por la Direc-
ción General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación, cuyo
Presupuesto Ocial asciende a la suma de Pesos Ciento Diez Millones
Trescientos Sesenta y Ocho Mil Ciento Veinticuatro con Catorce Centavos
($ 110.368.124,14).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 8 Letra:D
Córdoba, 27 de diciembre de 2021
VISTO:
El Expediente N° 0180-022593/2021, en que se gestiona el cambio de
afectación de bienes informáticos dentro de la Administración General del
Sector Público Provincial no Financiero.
Y CONSIDERANDO:
Que, según Acta Modelo de rigor, vinculada en estas actuaciones, el Cr.
Roberto Rodolfo Manzano (D.N.I. N° 20.785.878), invocando el carácter de
Titular del Servicio Administrativo del Poder
Judicial, entregará al Sr. Cr io. Isp. Pedro Mauricio Scanferla (D.N.I. N°
22.565.549), invocando el carácter de Titular del Servicio Administrativo de
la Policía de la Provincia de Córdoba, los bienes en
desuso que allí se detallan.
Que la aludida Acta Modelo, contiene detalle de los bienes muebles cuyo
cambio de afectación
se gestiona, en la actualidad asignados al Poder Judicial y serán entrega-
dos a los establecimientos
Área de la Mujer, Zona 2, Unidad departamental San Alberto; Destacamen-
to Policial de Las Tapias;
Departamento Especial Protección de Testigos de Rio IV; División Brigada
de Investigaciones de Departamental Ischillin, dependientes de la Policía.
Que atento a lo establecido por el artículo 124º inciso 3.c) de la Ley N°
7.631, texto reglamentado por el Decreto N° 525/1995 y de acuerdo a la
Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo,
vigente por imperio del Decreto N° 1615/2019, raticado por la Ley N°
10.726, los cambios de afectación de bienes muebles dentro de la Admi-
nistración General de la Provincia, cuando se produzca
entre organismos atendidos por Servicios Administrativos de distinta juris-
dicción, serán autorizados
por el Ministerio de Finanzas a través de la Contaduría General de la Pro-
vincia.
Que, para la instancia procurada, de las constancias relacionas surge cum-
plimentados los requerimientos procedimentales previstos en el art. 142°
del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema
Integrado de Administración Financiera, aprobado por la Resolución Nº
03/2018 de la Secretaría de
Administración Financiera del Ministerio de Finanzas.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c.) del Decreto Nº 525/95
reglamentario de la Ley
7631, y Art. 142º del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema Integrado de
Administración Financiera de la
Resolución Nº 03/2018 de la Secretaría de Administración Financiera.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
R E S U E LV E:
ARTÍCULO 1°: AUTORÍCESE el cambio de afectación de los bienes, del
Poder Judicial a los distintos establecimientos: Área de la Mujer, Zona 2,

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