Resolución Nº 8/GCABA/MGOBGC/17

FirmantesScrenci Silva
EmisorMinisterio de Gobierno

VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Expediente Electrónico N°

920.935-MGEYA-DGRC/2017, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (Texto

Consolidado por Ley N° 5.666), la relación de empleo público se extingue por

renuncia del trabajador;

Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de

renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse

dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo

de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";

Que según surge del expediente citado en el Visto, la señora Guisell Margarita Lara

Arteaga, CUIL N° 27-19039925-2, presentó su renuncia a partir del día 23 de

diciembre de 2016, a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las

Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, de este Ministerio de Gobierno, conforme

lo establecido por Resolución Conjunta N° 1376/MMGC/2014;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, conforme

lo prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666);

Por ello,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1° Acéptase a partir del día 23 de diciembre de 2016, la renuncia presentada

por la señora Guisell Margarita Lara Arteaga, CUIL N° 27-19039925-2, perteneciente a

la planta transitoria de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de

las Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, de este Ministerio de Gobierno, deja

partida 2660.0000.H.00, en los términos del artículo 65 de...

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