Resolución Nº 8/GCABA/SSDHPC/16
Firmantes | Malewicz |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL |
VISTO:
El Decreto N° 67/2010, el Decreto N° 26/2016, las Resoluciones N° 51-MHGC/2010,
N°59-MHGC/2015 Y N°334-MJGGC/15, las Disposiciones N° A-9-DGCG/2010, N° 10-
DGCG/2010, N°183-DGCG/2013, N°36-DGCG/2015, N°27-CGPMMVTE/2015 y el
Exp. N° 5.879.366/2015-MGEYA-CGPMMVTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la aprobación del gasto de la Caja Chica
Especial "Mantenimiento" del Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del
Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado, dependiente de la Subsecretaría
de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, dependiente de la Secretaría de
Deportes y Desarrollo Ciudadano, de la Vicejefatura de Gobierno, en los términos del
Decreto N° 67/2010 que aprueba el "Régimen para la Asignación de Fondos a
reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que dicha entrega de fondos fue asignada mediante Resolución N°334-MJGGC/15
con el objeto de afrontar los gastos derivados del mantenimiento del Parque de la
Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado. Entre los gastos
se destacan: mantenimiento y restauración de esculturas, recambio de vidrios
estructura edilicia Sala PAyS, servicios y repuestos, servicio de transporte, reparación
de sistema de sonido e iluminación, compra e instalación de termo-tanque, provisión y
colocación de durlock (placas de yeso), compra de materiales de carpintería,
ferretería, eléctricos y agroquímicos, entre otros;
Que por Disposición N° 27-CGPMMVTE/15 se aprobó el gasto en concepto de
Rendición de Caja Chica Especial "Mantenimiento" correspondiente al Consejo de
Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas de Terrorismo de
Estado, dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural,
dependiente de la Secretaría de Deportes y Desarrollo Ciudadano, de la Vicejefatura
de Gobierno y sus respectivos Anexos, Anexo I "Resumen de Comprobantes por
Fecha" y Anexo II "Resumen de Comprobantes por Imputación";
Que atento a las observaciones efectuadas por el órgano revisor corresponde dejar sin
efecto la Disposición citada precedentemente y dictar un nuevo Acto Administrativo
que subsane dichas observaciones;
Que conforme el artículo 16 del Decreto N° 67/2010 "El titular de la Unidad de
Organización receptora de los fondos aprobará los gastos, mediante Acto
Administrativo, de acuerdo a la reglamentación, siendo responsable de la oportunidad,
merito y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba