Resolución Nº 8/GCABA/SECLYT/15

FirmantesClusellas
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría Legal y Técnica
Fecha de la disposición14 de Enero de 2015

VISTO:

Las Leyes Nros 3.304 y 4.977, los Decretos Nros. 589/09, 429/13 y 350/14, la

Resolución N° 130/SECLyT/14 y el Expediente Electrónico N° 2015-167724-DGMAD;

y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la citada ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno

Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación";

Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el

objetivo de la ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la

autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la

administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la

firma digital";

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de

movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro

electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de

solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros

medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y

actuaciones";

Que en concordancia con todo lo supra indicado, mediante el Decreto N° 429/13, se

implementó el módulo "Tramitación a Distancia" -TAD-, del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos -SADE-, como un medio de recepción y remisión de

presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros;

Que dicho módulo permite al ciudadano iniciar trámites contando con mecanismos

electrónicos de recepción y remisión de tareas, solicitudes, escritos, notificaciones y

comunicaciones, a través de un registro electrónico;

Que la Ley citada en primer término también enuncia, entre las actividades a

desarrollar: "Archivo Electrónico: reemplazar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR