Resolución Nº 8/GCABA/SECLYT/15
Firmantes | Clusellas |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Secretaría Legal y Técnica |
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2015 |
VISTO:
Las Leyes Nros 3.304 y 4.977, los Decretos Nros. 589/09, 429/13 y 350/14, la
Resolución N° 130/SECLyT/14 y el Expediente Electrónico N° 2015-167724-DGMAD;
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la citada ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno
Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación";
Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el
objetivo de la ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la
autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la
administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la
firma digital";
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro
electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que en concordancia con todo lo supra indicado, mediante el Decreto N° 429/13, se
implementó el módulo "Tramitación a Distancia" -TAD-, del Sistema de Administración
de Documentos Electrónicos -SADE-, como un medio de recepción y remisión de
presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros;
Que dicho módulo permite al ciudadano iniciar trámites contando con mecanismos
electrónicos de recepción y remisión de tareas, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, a través de un registro electrónico;
Que la Ley citada en primer término también enuncia, entre las actividades a
desarrollar: "Archivo Electrónico: reemplazar el...
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