Resolución N° 8-ASINF/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 8/ASINF/18
Buenos Aires, 23 de enero de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros 2.689, 5.460, 269 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto N°
224/GCABA/13, las Resoluciones Conjuntas Nros.
11/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/13, 10/MMGC/MHGC/MJGGC/SECLYT/14 y
2/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/15, la Resolución Nº 101/MHGC/18, los
Expedientes Electrónicos que se detallan en el Anexo I registrado en SADE como IF-
2018-03277172-ASINF que forma parte integrante de la presente norma, el
Expediente Electrónico Nº 02350370-MGEYA-ASINF-2.018, y
CONSIDERANDO:
Que por los expedientes indicados en el visto tramitan las contrataciones de diversas
personas bajo la figura de Locación de Obra y Servicio en el modo, forma y período
que se detallan en el Anexo I registrado en SADE como IF-2018-03277172-ASINF que
forma parte integrante de la presente;
Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), se creó la Agencia
de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(ASI), como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero;
Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689 (Texto Consolidado por Ley N°
5666), establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de
Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el
funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánicofuncional, así
como los aspectos organizativos, operativos y de administración.";
Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la Agencia de
Sistemas de Información se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimismo ésta
además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha
Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios;
Que por Decreto N° 224/GCABA/13 se faculta a funcionarios del Poder Ejecutivo para
contratar personas bajo la modalidad de locación de servicios un monto máximo de
pesos veinte mil ($ 20.000.-) en el ámbito de este Gobierno;
Que asimismo se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de
los contratos bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar
utilizando el Módulo "Loys" del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos -SADE-;
Que asimismo por Resolución Nº 101/MHGC/18 se elevó el monto establecido en el
artículo 2º del Decreto Nº 224/GCABA/13 a la suma de PESOS SETENTA MIL ($
70.000.-);
Que por Resoluciones Nros. 11/SECLYT/13, 10/SECLYT/14, y su modificatoria
Resolución Conjunta N° 2/SECLYT/15, se estableció el Procedimiento Administrativo
Electrónico para contratos de obras y servicios utilizando el Módulo LOyS del SADE;
Que las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5302 - 25/01/2018

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