Resolución N° 8/APRA/20

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición24 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N8/APRA/20
Buenos Aires, 8 de enero de 2020
VISTO: Las Leyes N° 2.214, 2.628 (textos consolidados según Ley N° 6.017) y 6.292,
los Decretos N° 1510/GCABA/97, N° 2.020/GCABA/07, N° 463/GCABA/19 y N°
497/GCABA/19, la Resolución N° 181/APRA/17 y el Expediente Electrónico N° EE-
2019-38882824-GCABA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que en la actuación referenciada se ha presentado el informe previsto en el artículo 50
de la Ley N° 2.214 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto
Reglamentario N° 2.020/07, por el cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a través de la Dirección General de Mantenimiento Escolar dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, da cuenta de la
generación eventual de residuos peligrosos y del tratamiento "in situ" de los mismos en
el inmueble sito en la calle Carlos Pellegrini N° 1455/85, 1515 de esta Ciudad
(Nomenclatura Catastral: Sección: 003, Manzana: 025, Parcela: 008);
Que se trata del edificio donde funciona el Instituto de Enseñanza Superior en
Lenguas Vivas "Juan Ramón Fernández" donde el proponente ha constatado la
presencia de asbestos, solicitándose autorización para realizar tareas para su
remoción;
Que según informa la Gerencia Operativa de Calidad Ambiental mediante Informe
Técnico N° IF-437967-GCABA-DGEVA-20, de lo declarado en la Memoria Descriptiva
presentada en las actuaciones, el proponente realizará la tarea de remoción de
asbestos en el sistema de calefacción y el desamiantado en caños calorifugados;
Que, asimismo, el solicitante da cuenta que el asbesto se encuentra en el aislante
térmico ubicado en los caños calorifugados, canalizado bajo losa en pasillo exterior del
edificio histórico, como así también, en la biblioteca y en el subsuelo de la sala de
archivos;
Que, igualmente, el declarante hace saber que el aislante con asbesto se encuentra
en estado friable y sin cobertura metálica de seguridad;
Que, por tal razón, se encuadra dicha actividad en la figura de Operación de
tratamiento "in situ" conforme artículos 48 y 50 de la Ley N° 2.214 (texto consolidado
según Ley N° 6.017;
Que los residuos a generar se encuadran en la categoría de control Y36 Anexo I, Ley
N° 2214 (texto consolidado según Ley N° 6.017, de acuerdo a lo declarado en el
Formulario de Trámite Operación In Situ de Residuos Peligrosos;
Que Geo Assist S.R.L. cuenta con el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos
como Operador In Situ, con fecha de vigencia hasta el día 19 de octubre de 2021,
conforme surge de la Resolución N° 3/GCABA-APRA/20;
Que de acuerdo a lo declarado en el Formulario de Trámite Operación In Situ de
Residuos Peligrosos, se generarán 140 kg de residuos peligrosos;
Que de conformidad al cronograma presentado, la duración de las tareas será de tres
(3) semanas aproximadamente, incluyendo las últimas tomas de muestras una vez
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5787 - 24/01/2020

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