Resolución N° 797 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor25 de Noviembre de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 243
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 796
Córdoba, 17 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0723-139930/2018, del Registro del Ministerio
de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que constan en autos las Resoluciones Nros 1211/19 y su modica-
toria 0022/2021 emanadas de la Dirección General de Educación Inicial,
mediante las cuales se dispuso ad referéndum de la Superioridad, la reca-
tegorización de la Escuela de Nivel Inicial “EL JILGUERITO” de la localidad
de Arroyo Cabral, Departamento General San Martín.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión de ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
mal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, en-
contrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional
plasmadas en las resoluciones de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia de los instrumentos legales en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con los Nros 744/20 y 907/21, lo aconse-
jado a fs. 24 por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso
de atribuciones conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR las Resoluciones Nros 1211/2019 y
su modicatoria 0022/2021 emanadas de la Dirección General de
Educación Inicial, mediante las cuales se dispuso la recategorización de la
Escuela de Nivel Inicial “EL JILGUERITO” de la localidad de Arroyo Cabral,
Departamento General San Martín, en los términos y condiciones que se
consignan en la misma, cuyas copias forman parte integrante de este ins-
trumento legal como Anexo compuesto de (1) foja útil cada una.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 797
Córdoba, 17 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0109-118099/2014, del Registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0012/21 emanada de la Direc-
ción General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad refe-
réndum de la Superioridad, el cambio de situación de la Escuela de Nivel
Inicial “ROSARIO VERA PEÑALOZA” de la localidad de Los Hornillos – De-
partamento San Javier.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión de ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
mal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, en-
contrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional
plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 985/21, lo aconsejado a fs. 66
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso de atribucio-
nes conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0012/21 emanada de la
Dirección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso el cambio
de situación de la Escuela de Nivel Inicial “ROSARIO VERA PEÑALOZA” de
la localidad de Los Hornillos – Departamento San Javier –, en los términos y
condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante
de este instrumento legal como Anexo compuesto de (1) foja.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO

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