Resolución Nº 79/GCABA/SSJUS/16

FirmantesEnríquez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición29 de Febrero de 2016

VISTO:

Las leyes C.A.B.A 591 y 471, el Decreto N° 494/GCABA/2012, Las Resoluciones Nro.

336-SSJUS-2014, 377-SSJUS-2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 591 se creó, en el ámbito del Poder Ejecutivo, la

Unidad Administrativa de Control de Faltas, la que actúa como instancia administrativa

única, obligatoria y previa al juzgamiento de las faltas que tengan prevista como

sanción única o autónoma la pena de multa por parte de la Justicia en lo Penal,

Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el artículo 4° del Anexo de la Ley N° 591 estableció que la selección de los/as

controladores/as administrativos/as de faltas será por concurso público bajo los

recaudos allí definidos;

Que el artículo 34 de la ley 471 estableció que el régimen gerencial regirá su ingreso

por riguroso concurso público abierto de antecedentes y oposición con una estabilidad

por un plazo de 5 años, con sujeción a evaluaciones de desempeño anuales y el cese

en la estabilidad y extinción automática de la relación de empleo público para el

supuesto de una evaluación negativa.

Que mediante el Decreto N° 494/GCABA/12, de fecha 11 de Octubre de 2012, se

aprobó el procedimiento para el Concurso de Selección de Controladores

Administrativos de Faltas de la Dirección General de Administración de Infracciones de

la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por medio de la Resolución N° 277/MJYSGC/13, de fecha 23 de Mayo de 2013,

se constituyó el Comité de Selección y el Jurado de Evaluación del concurso ut-supra

referenciado;

Que conforme al artículo 35 del Decreto N° 494/GCABA/12 el Comité de Selección del

Concurso de Selección de Controladores Administrativos de Faltas de la Dirección

General de Administración de Infracciones procedió a elevar a esta Subsecretaría el

Orden de Mérito Definitivo.

Que la Dra. Fabiana Edith Varela, ha formado parte del Orden de Mérito en los ciento

cinco (105) cargos en concurso.

Que sin embargo la concursante se encontraba con un impedimento en cuanto a los

requisitos legalmente exigidos para su designación.

Que en la documentación obrante en el expediente de la Dra. Varela, consta

certificado de antecedentes penales emitido por la Dirección General del Registro

Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal con fecha 17 de Marzo de 2014, por el

cual se deja constancia que en la causa N° 43914/08 caratulada, "VARELA, Fabiana

Edith y otro por exacciones ilegales calificadas reiteradas" del Juzgado Nacional en lo

Criminal de Instrucción N° 15, Secretaría N° 146, se decretó el procesamiento sin

prisión preventiva de Fabiana Edith Varela, en los términos de los artículos 45, 55, 268

y 266 del Código Penal de la Nación.

Que la Procuración General de la Ciudad...

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