Resolución Nº 86/10 de 12 de Febrero de 2010

La Plata, 12 de febrero de 2010.

POR 1 DÍA - VISTO el expediente Nº 2145-25568/09, la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes Nº 11.723, Nº 13.757, el Decreto Nº 23/07, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Artículo 41 determina que las autoridades proveerán a la protección del derecho a un ambiente sano, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales;

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su Artículo 28 expresa "… los habitantes de la Provincia tienen derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras";

Que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 11.723, referida a la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

Que dentro de las competencias atribuidas a este Organismo Provincial se encuentra la de garantizar la ejecución de políticas adecuadas en forma coordinada con otros organismos públicos o privados, nacionales, provinciales o municipales representativos y de incumbencia en la temática ambiental;

Que se entiende por Fauna Marina en estado traumático a todo animal cuyo hábitat comprenda al medio marino y/o a la interfase costera, que presente sus signos vitales alterados, por causas naturales o antrópicas, y que necesiten de ayuda para recuperar su condición de equilibrio con el medio;

Que la actividad de rescate y rehabilitación de fauna marina en estado traumático es toda acción realizada por personal idóneo que, sin fines de lucro y voluntariamente, aísla, protege y brinda atención sanitaria, a uno o más ejemplares de dicha fauna, para revertir su estado y recuperar el equilibrio con su medio de manera de poder desenvolverse independientemente en él, con el principal objetivo de reintroducirlo en su hábitat natural;

Que en la actualidad las acciones de rescate y recuperación de fauna marina en estado traumático son llevadas a cabo de hecho, en forma espontánea y voluntaria por Fundaciones, Centros de Rescate y ONG’s; sin que exista intervención...

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