Resolución N° 776 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 177
CORDOBA, (R.A.), LUNES 11 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
desarrollan diariamente los consorcios camineros y a los nes de no en-
torpecer la continuidad institucional de los mismos, es que este Servicio
Jurídico considera que, puede la Superioridad, excepcionalmente, aprobar
el Acta de Asamblea y la elección de las Autoridades plasmadas en la mis-
ma desde la fecha de su celebración.
Que por último, concluye la precitada Unidad Asesora que no tiene
objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Su-
perioridad puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facul-
tades conferidas por la Ley N° 8555 Art. 3 inc. e), en concordancia con lo
dispuesto por las Leyes N° 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el
Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley
Provincial N° 8555 y las previsiones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta N° 182, correspondiente a la Asamblea Ge-
neral Ordinaria del Consorcio Caminero N° 330, Chancani, de fecha 14
de Diciembre de 2016, referida a la renovaci ón parci al de los mie mbros
de Comisión Directiva, cuyos mandatos regirán desde la fecha de
la Asamblea General Ordinaria y por el término de dos (2) años, de
acuerdo al siguiente detalle:
Vicepresidente: CASTRO, Carlos A D.N.I. 12.625.938
Tesorero: MONTOYA, Marcelo D.N.I. 24.099.434
1° Vocal: GONZALEZ, Roque D.N.I. 16.053.414
2° Vocal: BRITO, Carina R D.N.I. 26.947.865
Art. 2°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en elBoletín Ofi-
cial, dése copia al Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y
pase al Departamento II Secretaría General.-
FDO: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE / ING. HIPOLITO FAUSTI-
NELI, VOCAL
Resolución N° 776
Córdoba, 5 de setiembre de 2017
C.I. N° 786272 045 014.-
VISTO: La Resolución N° 00268, dictada por este Directorio con fecha 15
de Abril de 2016.
Y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado instrumento legal se aprobó el Proyecto de
“Documentación Contable y Legal” a presentar por los Co nsorcios Cami-
neros de esta provincia ante esta Dirección.
Que el Depar tamento II Asesoría Jurídica en Dictamen y N° 737/17
obrante en autos, expresa que “…surge de la nota acompañada a fs. 1,
la propuesta del Departamento Auditoria General, la cual consiste en
la documentación contable que deban presentar los Consorcios Cami-
neros a dicho Departamento, se acompañe de manera digital remitida
a través de correo electrónico …”.
 Que“….enconsecuenciasolicita:•Aprobarcomomedioalternativo
de presentación de la documentación legal y contable por ante el De-
partamento I Auditoria General la vía digital a través de la remisión de
tal documentación a una dirección de email.-
•ElDepar tamento IAuditoria General será el encargado de publicar
este medio alternativo de presentación de documentación.-
•Laobligacióndepresentardicha documentacióncontabley legales-
tablecida por Resolución N° 268/16 vía mesa de entradas y soporte
papel persiste en relación al Departamento I Conservación Caminos de
Tierra para su incorporación al Expediente de creación del Consorcio
de que se trata.-
•La recepción de dicha documentacióndigital por la vía electrónica
autorizada se considerará suficiente prueba de haber cumplido con tal
requisitoria.-
Que “…finalmente consta a fs. 4, la dirección de email autorizada a
estos fines, auditoriaGeneralDPV@cba.gov.ar…”.
Que “…así las cosas, el mencionado Servicio Asesor, no tiene
nada que observar, por lo que podrá dictarse…”.
Que concluye expresando la mencionada Unidad Asesora, que “…
conforme lo expuesto, esta Asesoría Jurídica no tiene objeción jurídico
formal que formular, por lo que la Superioridad puede, de compartir el
criterio señalado, dictar acto administrativo en los términos detallados
ut supra , en virtud de las facultades conferidas por la ley 8555 en con-
cordancia con lo dispuesto por la Ley 6233…”.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por
el Departamento II Asesoría Jurídica y las facultades conferidas por la
Ley Provincial N° 8555;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar como medio alternativo de presentación de la
documentación legal y contable por ante el Departamento I Auditoría
General la vía digital a través de la remisión de tal documentación a la
siguiente dirección de email: AuditoriaGeneralDPV@cba.gov.ar, con-
forme lo expresado en los fundamentos de este acto.-
Art. 2°.- Disponer que por el Departamento I Auditoría General se
proceda a la notificación del presente acto, a la totalidad de los Consor-
cios Camineros de la Provincia.-
Art. 3°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Ofi-
cial, dése copia al Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y
pase al Departamento II Secretaría General.-
FDO: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE / ING. HIPOLITO FAUSTINELI,
VOCAL

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