Resolución N° 77/DEJENTUR/20

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición12 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 77/DEJENTUR/20
Buenos Aires, 3 de agosto de 2020
VISTO: Las Leyes N° 2.095 y N° 2.627 (textos consolidados por Ley Nº 6.017) y
modificatorias, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, N° 1-GCABA/20
y N° 8-GCABA/20, los Decretos N° 168- GCABA/19 y N° 207-GCABA/19, la
Resolución Conjunta N° 294-MHFGC-2020, las Resoluciones N° 843- MSGC/20 y
modificatorias, N° 2-ENTUR/20, N° 90-ENTUR/20, N° 115-ENTUR/20, N° 19-
DEJENTUR/20 y N° 37-DEJENTUR/20, la Disposición N° 359-DGCYC-2020, el
Expediente Electrónico Nº 10.873.855-GCABA- DGTALET/20, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 2.627 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y modificatorias se creó el
Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica, en el
ámbito de la Secretaría General y Relaciones Internacionales;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus
COVID-19, por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que
ocurrió el día 12 de marzo de 2020;
Que, a raíz de ello, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 se declaró
la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19);
Que las razones por las cuales se dispuso la emergencia sanitaria justifican la
adopción de medidas de colaboración entre los Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que en ese contexto, mediante la Nota N° NO-2020-10844402-GCABA-SSPSGER, la
Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red del Ministerio de Salud de
esta Ciudad, solicitó al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
proceda a contratar de emergencia servicios de alojamiento en los hoteles radicados
en el ámbito de esta Ciudad, a los efectos de cumplimentar el “Protocolo de manejo
frente a casos sospechosos y confirmados de Coronavirus Covid-19 en aislamiento en
instituciones extrahospitalarias” y los que en el futuro se aprueben en el marco de la
Pandemia COVID-19;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la contratación directa por
emergencia conforme el artículo 28 inciso 8 de la ley 2.095 del Hotel Viasui (VIA-SUI
S.R.L., CUIT 30-71005751-2), con el objeto de alojar personas que i) podrían
presentar sintomatología correspondiente al mencionado virus y que deben esperar,
en resguardo preventivo, el resultado de los análisis de confirmación de presencia de
aquel; ii) hubiesen estado en países declarados en situación de riesgo y/o tenido
contacto con personas diagnosticadas con el COVID 19; y iii) hubiesen sido
diagnosticados con COVID-19 y no se encuentren en situación de riesgo;
Que por Resolución Nº 90-ENTUR/20, se aprobó el referido procedimiento de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6096 - 12/04/2021

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