Resolución Nº 760/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 14.370.487/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Casa de lunch, Café, Bar, Despacho de bebidas, whisquería,
cervecería" para el inmueble sito en la calle Rio de Janeiro N° 577/79, PB, con una
superficie de 36.38m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito R2aII del Código
de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del IF N° 19611489-DGIUR-2017, hace saber con respecto a los
usos solicitados "Casa de lunch", se asimilarían al agrupamiento de los usos, "Café,
bar" y los mismos se encuentran afectados a la referencia "C", por lo que el Consejo
del Plan Urbano Ambiental deberá expedirse respecto a la factibilidad de su
localización;
Que, según relevamiento fotográfico (Orden 8 IFMUL-2017-14370484-SSREGIC), se
observan dentro de la cuadra donde se solicitan los usos; un local kiosco, taller
mecánica en gral.; de la cuadra frentista un local Confitería, Panadería, local de
Quiniela y PRODE, siendo las restantes ocupaciones de las parcelas, viviendas
unifamiliares y multifamiliares; los mismos tampoco irían en desmedro del Ámbito de
emplazamiento, ni del Distrito de Zonificación;
Que en tal sentido, toma debida intervención el Consejo del Plan Urbano Ambiental,
que a través del Dictamen 212-CPUAM-2017, expresa que el inmueble se halla
ubicado en una parcela intermedia, en la manzana comprendida por las calles Rio de
Janeiro, Bartolomé Mitre y Yatay, y la Avenida Díaz Vélez. Se trata de un edificio
existente, con locales comerciales y garaje en planta baja y vivienda en planta alta
según sistema informático Parcela Digital Inteligente (PDI). Los usos de los predios
linderos resulta ser vivienda multifamiliar; frentistas Local comercial y vivienda, se
percibe un nivel de ruido medio alto. En la cuadra se observan diferentes usos los que
conviven con el uso residencial;
Que por lo expuesto, y visto el IF-2017-19611489-DGIUR el Consejo del Plan Urbano
Ambiental...
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