Resolución Nº 751/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 25930161/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la
calle Av. Chivilcoy N° 4977, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso
destinadas a "Vivienda Multifamiliar".
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 37.09 m2 los cuales 22.17
m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (PB: Baulera; PA.: Galería, Dormitorio y
Depósito), en tanto que 14.92 m2 en forma no reglamentaria (PB : Escalera; PA.:
Alero); según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes
que fueran oportunamente aprobadas s/N° de Orden 9 Pág. ½ (PLANO-2016-
25930070-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ N° de
Orden 68 (PLANO-2017-05561093-DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar".
Que obra s/N° de Orden 8 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-25930063-DGROC) la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización.
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en
el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 12 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-
25930115-DGROC);
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.
"Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de
locales de primera clase " ambos del Código de la Edificación.
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en
contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.
N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General
N° 24.887.
Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 126 Pág. 2/3 (IF-2017-
11959389-DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble
ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de
habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la
declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 8 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-
25930063-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y
salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable
por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto...
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