Resolución N° 75/SSPSOC/18

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición19 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 75/SSPSOC/18
Buenos Aires, 17 de abril de 2018
VISTO:
La Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 5.666), La Ley de Procedimientos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N°
90/GCABA/04 (BOCBA 1870), Resolución N° 16-SSPSOC-18, la Sentencia del
Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 24, Secretaria 48, la
Sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso
Administrativo y Tributario y el Expediente Electrónico N° 6445233-DGAYAV-2018 y
CONSIDERANDO:
Que, por la Sentencia dictada por la Sala II de la Excma. Cámara de Apelaciones del
Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en los Autos "SALLE CARLOS HORACIO C/ GCBA S/ OTRAS DEMANDAS
CONTRA LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA" Exp. Nº CC 430-2013-0, en trámite por
ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 24
Secretaria N° 48, que por razones de economía administrativa se da por reproducida
íntegramente en la presente, se ordenó a esta Administración Pública se proceda a
otorgar el subsidio previsto en la Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 5.666), y
a la incorporación del señor (Sr.) Salle Carlos Horacio, Documento Nacional de
Identidad (D.N.I.) N°16.303.508;
Que surge de la documentación agregada que el Sr. Salle ha declarado bajo
juramento que no cobra otros beneficios incompatibles con el solicitado en las
presentes actuaciones y ha demostrado mediante certificado que no se encuentra
incorporado al Registro previsto por la Ley N° 269, (texto consolidado por Ley N°
5.666);
Que en cumplimiento de esa Sentencia se procede a otorgar el subsidio previsto en la
Ley N° 1075 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), y a la incorporación del Sr. Salle
Carlos Horacio, D.N.I. N°16.303.508 al Registro de Ex Combatientes Héroes de la
Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur de la
Ciudad de Buenos Aires a partir del 1° de abril de 2018.
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete en virtud de lo previsto por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 5.666).
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 90-
GCABA/04 (BOCBA 1870);
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL
DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Otórgase al Sr. Salle Carlos Horacio, Documento Nacional de Identidad
(D.N.I.) N °16.303.508, el subsidio establecido por el artículo 1° de la Ley N° 1.075
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5397 - 19/06/2018

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