Resolución N° 75/SSDEP/19

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 75/SSDEP/19
Buenos Aires, 22 de febrero de 2019
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 1.624 (texto consolidado por
Ley N° 6.017) , el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 281-
SSDEP/17, Nº 237-SSDEP/17, el EX-2018-19252939-MGEYA-SSDEP, y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve en su artículo
33 la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de
oportunidades;
Que la Ley N° 1.624 (texto consolidado por Ley N° 6.017 ) tiene por objeto regular,
promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-
recreativa a nivel comunitario;
Que atento el Artículo 8 inciso b) de dicha ley, la autoridad de aplicación tiene dentro
de sus funciones identificar las necesidades y requerimientos para la práctica del
deporte y de las actividades físico recreativas, arbitrando los medios para su
satisfacción;
Que asimismo, se dispone en el artículo 8 inciso k) de la aludida Ley N° 1.624 (texto
consolidado por Ley N° 6.017), la función de asistir a las instituciones inscriptas en el
Registro Único de Instituciones Deportivas en los aspectos técnicos y sociales
vinculados a la práctica y desarrollo de la educación física y deportiva;
Que en el mismo sentido, el Artículo 22 de la referida ley, establece que los recursos
del Fondo del Deporte deben destinarse de forma exclusiva a la asistencia del deporte
amateur, aplicándolos al fomento de las competencias deportivas e insumos y
equipamiento deportivo, la asistencia a deportistas amateur, la capacitación de
científicos y técnicos del deporte, la refacción y/o mantenimiento de la infraestructura
deportiva o de las instalaciones complementarias de los Clubes de Barrio y el
fortalecimiento institucional y tecnificación deportiva de las Instituciones Deportivas
Metropolitanas de Segundo y Tercer Grado, estableciendo asimismo que los
beneficiarios podrán ser instituciones públicas o privadas, o deportistas amateurs, y los
recursos podrán otorgarse en calidad de subvenciones, becas, estímulos y subsidios;
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la rendición del subsidio
otorgado a la FEDERACIÓN DE ESGRIMA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
(CUIT N° 30-67816952-4) mediante Resolución N° 281-SSDEP/17, por el monto de
PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00.-), a los fines de ser utilizado para el
fomento y desarrollo de la disciplina deportiva de esgrima mediante la organización del
XVIII Torneo Intercolegial de Esgrima;
Que el beneficiario de los subsidios debe realizar la rendición de cuentas
documentada ante la Autoridad de Aplicación, de conformidad con lo establecido en la
Resolución Nº 237-SSDEP/17;
Que conforme lo informado en el IF-2019-4406436-SSDEP, el beneficiario aludido ha
presentado la documentación correspondiente a los fines de aprobar la rendición del
subsidio que le fuera oportunamente conferido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5573 - 08/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR