Resolución Nº 749/GCABA/MHGC/17
Firmantes | Mura |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
VISTO:
El E.E N° 19.538.116/2016 (HIJCTG) y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y
2779/MHGC/2010, se instrumentaron a partir del 1 de septiembre de 2010, los
Convenios Colectivos de Trabajo que complementan la Ley Marco que rige las
relaciones de empleo público, el que en su artículo 24 establece que cuando se
produzca el fallecimiento de un agente que sea único sostén de su núcleo familiar se
reservará la partida que deja el fallecido para un familiar directo, en tanto cumpla con
los requisitos generales de ingreso, a excepción del concurso público;
Que según surge de los presentes actuados, el ex agente Ricardo Daniel Malnero,
CUIL. 20-10149674-1, revistaba en el Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar
García", del Ministerio de Salud, habiéndose producido su deceso el 10 de julio de
2016;
Que como consecuencia de lo expresado, el señor Germán Ricardo Malnero, CUIL.
20-38278002-8, hijo del agente fallecido, solicitó cubrir la vacante producida,
Que asimismo se destaca, que el nombrado reúne las condiciones exigidas por las
normativas precitadas;
Que por otra parte, se señala que se efectuó un relevamiento del perfil laboral del
involucrado, estableciéndose que se encuentra en condiciones de realizar tareas
Administrativas, en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros, de la
Dirección General Compras y Contrataciones, de la Subsecretaría de Gestión
Operativa, del Ministerio de Hacienda;
Que por lo expuesto, resulta conveniente hacer lugar a la solicitud a que se hizo
mención, procediendo a su designación en los cuadros de la planta permanente de
esta Administración Central;
Que por lo expresado, procede dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE
CUIL. 20-38278002-8, para ocupar la vacante laboral producida por el fallecimiento de
su padre, el ex agente Ricardo Daniel Malnero, CUIL. 20-10149674-1, acaecido el 10
de julio de 2016, conforme lo prescripto por el artículo 24 del Convenio Colectivo de
Trabajo...
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