Resolución Nº 742/GCABA/MHGC/15

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición16 de Junio de 2015

VISTO:

La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 95/14 y N° 1.145/09 y

concordantes, la Resolución Conjunta N° 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las

Resoluciones N° 596/MHGC/11 y N° 1.160/MHGC/11, las Disposiciones N°

396/DGCYC/14 y N° 302/DGCYC/13 y el Expediente Electrónico N° 4.181.037-

MGEYA-DGCYC/15, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la

contratación de un Servicio de Digitalización Integral y Archivo Transitorio, para uso de

las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo

con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado

Buenos Aires Compras (BAC);

Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Anexo I del

Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires N° 1.145/09 como "una modalidad de contratación

electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el

suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y

demás condiciones establecidas en dicho convenio";

Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de

Convenio Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de

lo dispuesto por la Resolución Conjunta N° 9/ MHGC-MJGGC- SECLYT/11;

Que por Disposición N° 396-DGCYC/14 la Dirección General de Compras y

Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764

y el Decreto N° 95/14 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que por Disposición N° 141-DGCYC/15, la Directora General de Compras y

Contrataciones aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y

Especificaciones Técnicas, estableció el llamado a Licitación Pública N° 623-0261-

LPU15 para el día 27 de marzo de 2.015 a las 14,00 horas bajo la modalidad de

compra electrónica, al amparo de lo establecido en los Artículos 31 y 44 bis de la Ley

N° 2.095 su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 95/14 y N° 1.145/09 y

concordantes, la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT-11, con el objeto

antedicho y por un monto estimado de Pesos Siete Millones Ochocientos Noventa y

Siete Mil Ochocientos Noventa ($ 7.897.890.-) y designó a los integrantes de la

Comisión Evaluadora de Ofertas;

Que por Disposición N° 152/DGCYC/15 la Directora General de Compras y

Contrataciones, por razones administrativas, posterga la Licitación de Etapa Única N°

623-0261-LPU15 cuya fecha de apertura se encontraba prevista para el día 27 de

marzo de 2.015 a las 14:00 hs, para el día 01 de abril de 2.015 a las 14:00 hs;

Que el llamado referido fue publicado en el Boletín Oficial por el término de dos (2)

días y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se cursó notificación a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la

Cámara Argentina de Comercio, comunicándole el objeto del llamado dispuesto por la

Dirección General de Compras y Contrataciones y la fecha y hora prevista para su

apertura;

Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron siete (7) ofertas

de las firmas KODAK ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y

COMERCIAL, CARDINAL SYSTEMS S.A., LAKAUT S.A., MODOC S.A., IMPRIPOST

TECNOLOGÍAS S.A., BANK S.A. e IMCG

INTERNATIONAL MARKETS

CONSULTING GROUP S.R.L.;

Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación;

Que por Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 23 de abril de 2.015 la Comisión

Evaluadora de Ofertas aconseja no considerar las ofertas presentadas por las firmas

KODAK ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, por no

cumplimentar con el Requisito Administrativo Mínimo de Participación, Garantía de

Mantenimiento de ofertas, en concordancia con el Artículo 17.1 inciso a) del Pliego de

Bases y Condiciones Generales y el Art. 18 del Anexo I del...

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