Resolución N° 737/SSGMO/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 737/SSGMO/21
Buenos Aires, 11 de junio de 2021
VISTO: las Leyes Nros. 2148 (texto consolidado según ley Nº 6017), 6.215, el Decreto
Nro. 463/GCABA/19, el EX-2021- 17095579-GCABA-SSGMO;
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el Visto, la empresa FB Grúas y Movimientos
S.R.L solicita permiso en la calle Arenales, con motivo del izaje de cajas fuertes del
banco Itaú;
Que habiendo realizado la consulta en el sistema de control de obras del gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, la empresa mencionada en la presente solicitud se
encuentra debidamente autorizada por la Agencia Gubernamental de Control, en tanto
se detalla en la plataforma digital mencionada como "COVID-19 - Reinicio de Obra
Autorizado", adjunto como RE-2021-17608407-GCABA-SSGMO.
Que los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente,
concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes
que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de
tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y
avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación
y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio
del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Ley N° 6.215 se aprobó el Manual de Señalización Vial Transitoria,
mediante el cual se establece los lineamientos básicos para regular las señales y
dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será
utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía,
ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para
ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de
circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo
garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda
la ciudadanía;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la
empresa FB Grúas y Movimientos S.R.L., a afectar en la calle Arenales en el plazo
solicitado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, Decreto N. ° 463/19;
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6156 - 25/06/2021

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