Resolución N° 737/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 737/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 17 de octubre de 2019
VISTO: Las Leyes Nros. 471, 1.218 y 5.460 (ambos textos consolidados conforme Ley
N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1510/GCBA/97 (texto consolidado conforme Ley N° 6.017), los Decretos N° 359-
GCBA-2015, N° 363-GCBA-2015 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 485-
SECTRANS-2018, 652-SECTRANS-2018 y 267-GCABA-SECTRANS-2019, el
Expediente Electrónico N° 2018-29850137-MGEYA-SECTRANS y su asociado E.E. N°
2018-27118249-MGEYA-UPEMS, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución N° 485-SECTRANS-2018, de fecha 9 de octubre de
2018, se rescindió el Contrato de Locación de Servicios del Sr. Caruso, Javier
Alejandro, DNI N° 35.324.047, quien cumplía funciones en la Unidad de Proyectos
Especiales Movilidad Saludable (UPEMS) dependiente de este Ministerio, a partir del
día 1 de noviembre de 2018;
Que al tomar conocimiento de dicho acto administrativo el Sr. Caruso, con el patrocinio
letrado del Dr. Pablo F. Antelo (T°: 36 F °:724 CPACF) interpuso recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio contra los términos del mismo;
Que en su presentación el recurrente alega que el citado acto administrativo no
cumple con ninguno de los requisitos para ser considerado válido, en consecuencia,
solicita se revoque el mismo dado que a su entender resulta nulo de nulidad absoluta e
insanable;
Que al tomar intervención en la instancia previa la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, conforme Ley N°1218 (Texto Consolidado conforme Ley N°6017)
con participación de la Dirección General Empleo Público mediante IF-2018-
33061457-DGEMPP, señaló que "(...) no asiste derecho al causante para permanecer
en la Administración, ni realizar reclamo alguno. En atención a todo lo expuesto,
considero que el recurso en examen no podrá prosperar. En mérito a las
consideraciones vertidas, corresponde dictar acto administrativo que desestime el
recurso de reconsideración incoado en las presentes (...)";
Que mediante Resolución N° 652-SECTRANS-2018, de fecha 27 de diciembre de
2018, se resolvió desestimar el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio
interpuesto por el Sr. Caruso contra la Resolución N° 485-SECTRANS-2018;
Que, al ampliar los fundamentos de su recurso, el recurrente efectuó una nueva
presentación en la que expresa que no fueron tratadas ninguna de las impugnaciones
efectuadas en el recurso de reconsideración impetrado y alegó que la sentencia
dictada en autos "CARUSO Javier Alejandro c/GCBA s/AMPARO" ordena ajustar la
vinculación a la Ley N°471;
Que, en razón de ello, ha tomado nueva intervención la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, conforme Ley N° 1218 (Texto Consolidado conforme Ley
N°6017), con participación de la Dirección General Empleo Público mediante IF-2019-
09304187-GCABA-DGEMPP, señalando que "(...) II.- ASPECTO FORMAL Tal como
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5730 - 29/10/2019

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