Resolución Nº 737/GCABA/SSTRANS/14

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2014

VISTO:

CONSIDERANDO:

Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de

Transporte se encuentra la de autorizar las afectaciones de tránsito de calles y

avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación

y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio

del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha solicitud se efectúa para la realización del evento Encuentro

Multiparticipativo "Cultura Joven en los Barrios", en la Plaza Monseñor Lafitte en el

barrio de Monte Castro;

Que la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia,

emitiendo opinión favorable, respecto al estacionamiento solicitado; dejando a

consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo

respectivo;

Que el control del estacionamiento como de la circulación en la zona deberá contar

con el correspondiente apoyo policial.

Por ello, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del artículo 1.1.4 del Código de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° Autorizar a la Dirección General de Promoción Cultural, el

estacionamiento de vehículos en las calles: Santo Tomé entre Bermúdez y Allende;

José de Maturana entre Bermúdez y Allende; Arregui entre Bermúdez y Allende; H. de

Almeira entre Desaguadero y Allende; H. de Almeira entre Cervantes y Bermúdez; Pje.

Canadá entre Bermúdez y Allende; Allende entre Santo Tome y Av. Álvarez Jonte;

Desaguadero entre H. de Almeria y Av. Álvarez Jonte; Desaguadero entre Santo Tome

y Arregui; los días jueves 20, viernes 21, sábado 22, domingo 23 y lunes 24 de

noviembre del corriente año en el horario de 10 a 24, para la realización del evento

"Cultura Joven en los Barrios".

Artículo 2° El estacionamiento aprobado en el artículo anterior será de carácter

gratuito y no exclusivo, se efectuará paralelo y junto al cordón de las arterias

mencionadas, no se permitirá el uso de la vereda, ni cocheras, ni de las Plazas y no se

afectarán paradas de transporte público...

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