Resolución Nº 736/GCABA/SSGRH/16
Firmantes | Domeniconi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos |
Fecha de la disposición | 11 de Mayo de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 471, texto ordenado por Ley N° 5.454, y el Expediente Electrónico N°
27686866/CPYSED/15, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (t.o. N° 5.454), la
relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, el agente Lisandro Matías
Ayestaran, CUIL N° 20-25999557-5, presentó su renuncia a partir del 1° de octubre de
2015 a su puesto en el Organismo Fuera de Nivel Comité de Prevención y Seguridad
para Eventos Deportivos, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado
holgadamente el plazo establecido en la ley para emitirse el correspondiente acto y
entendiéndose que, por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por
aceptada, en el marco de lo prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N°
5.454);
Que, sin perjuicio de la renuncia que por las presentes tramita, el mencionado agente
se encontraba usufructuando una licencia extraordinaria sin goce de haberes, la que
se encontraba otorgada mediante Resolución N° 782/MJYSGC/14;
Que sobre dicha licencia, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del
Ministerio de Justicia y Seguridad ha informado que el agente percibió normalmente
sus haberes mensuales durante el lapso que la usufructuó, por lo que corresponde
iniciar los trámites para el reintegro de los haberes no correspondidos;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/2015,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
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