Resolución N° 734 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorSecretaría de Arquitectura
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 119
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 22 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
fs. 578 labrada con fecha 31 de marzo de 2016 y Acta de Recepción Total
de fs. 605, labrada con fecha 20 de octubre de 2016, de los Trabajos: “TA-
REAS DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportuna-
mente se determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGU-
LARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES ubicados
en la Ciudad de CÓRDOBA – AÑO 2015 – ZONA K – DEPARTAMENTO
CAPITAL”, la que a los efectos pertinente, forma parte de la presente Reso-
lución como Anexo I y consecuentemente DEVOLVER al Contratista de los
mismos, la Empresa CARLOS E. MARTINEZ, la Garantía por ejecución de
Contrato oportunamente constituida, conforme las razones expresadas en
considerandos que se dan por reproducidas en esta instancia.
ARTICULO 2º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y previa intervención de la Dirección de Administración - Te-
sorería del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, PASE a la
Unidad Coordinadora Interministerial a sus efectos.-
FDO.: DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Anexo: https://goo.gl/oxjPCZ
Resolución N° 734
Córdoba, 22 de noviembre de 2016
EXPEDIENTE Nº 0047-002782/2014.-
VISTO este Expediente en el que se eleva para su aprobación las Actas
de Recepción Provisional Total a fs 298 y Denitiva de fs. 299, de los tra-
bajos: “REPARACIONES GENERALES DE LAS SIGUIENTES ESCUE-
LAS: ESCUELA JUSTO JOSÉ DE URQUIZA – VILLA MARÍA – ESCUELA
MARIANO MORENO – TÍO PUJIO – ESCUELA LIBERTAD – TÍO PUJIO
– ESCUELA FRAY REGINALDO MORENO – TÍO PUJIO, todas del De-
partamento General San Martín – Provincia de Córdoba” suscriptos con la
contratista de los mismos, la Empresa SADIC S.A., ad- referéndum de la
Autoridad competente;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 298 obra Acta de Recepción Provisional Total de fecha 02
de Febrero de 2015, como así también a fs. 299 corre agregada Acta de
Recepción Denitiva de fecha 07 de Julio 2016, las que se labran sin ob-
servaciones;
Que a fs. 300 la Inspección actuante produce informe de Plazos, corro-
borado por la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones a fs. 301,
en la cual solicita la continuidad del trámite y confección del Certicado de
devolución de Fondo de Reparo;
Que a fs. 302 División Certicaciones elabora el Certicado corres-
pondiente a la Devolución del Fondo de Reparo de los Certicados Parcial
N° 1; Final N° 2 y Especial N° 1, por el importe de $75.280,84.- por lo que
deberá librarse Orden de Pago, criterio que resulta compartido por la Direc-
ción de Administración – Tesorería del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales a fs. 305, manifestando que el monto ha sido sustituido en
su totalidad mediante Póliza N° 726.949, emitida por ALBA COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A., aclarando también que del Certicado
Especial N° 1 no se han registrado pagos al día de la fecha por lo que no
hay importes de fondo de reparo retenido;
Que a fs. 312 se expide División Jurídica mediante Dictamen Nº
667/2016 expresando que atento las constancias de autos, lo preceptuado
por los Arts. 51, 52 y 53 y conc. de la Ley de Obras Públicas N° 8614 y lo
prescripto por los arts. 79, 81 y 108 inc. 2°) del Decreto N° 4758/77, puede
el Señor Secretario de compartir el criterio sustentado y a tenor de las
facultades conferidas por el Decreto 2000/15, dictar Resolución aprobando
las Actas de Recepción Provisional Total de fs. 298 y Denitiva de fs. 299,
procediendo a la devolución del Fondo de Reparo deberá estarse a lo in-
formado por la Dirección General de Administración de Tesorería a fs. 305;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º-: APROBAR las Actas de Recepción Provisional Total
de fs. 298 y Denitiva de fs. 299 de los trabajos de: “REPARACIONES GE-
NERALES DE LAS SIGUIENTES ESCUELAS: ESCUELA JUSTO JOSÉ
DE URQUIZA – VILLA MARÍA – ESCUELA MARIANO MORENO – TÍO
PUJIO – ESCUELA LIBERTAD – TÍO PUJIO – ESCUELA FRAY REGINAL-
DO MORENO – TÍO PUJIO, todas del Departamento General San Martín
– Provincia de Córdoba”, las que a los efectos pertinentes forman parte de
la presente Resolución como Anexo I y II, y consecuentemente DEVOLVER
al contratista de la misma, la Empresa SADIC S.A., la Garantía por Ejecu-
ción de Contrato oportunamente constituida, como así también Fondo de
Reparo retenido el que asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO
MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS
($75.280,84.-), el que fuera sustituido en su totalidad mediante Póliza de
Seguro N° 726.949, emitida por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SE-
GUROS S.A., la que deberá desglosarse para su devolución, debiéndose
librar Orden de Pago por el remanente si así correspondiere a favor de la
mencionada Empresa, conforme las razones expresadas en considerando
que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y previa intervención de la Dirección General de Administración
del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, PASE a la Jefatura
de Área Inspecciones y Certicaciones, a sus efectos.-
FDO.: DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Anexo: https://goo.gl/cdD2sG
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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