Resolución Nº 73/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2016

VISTO:

El Expediente N° 2.939.438/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Oficina comercial - oficina consultora, para el inmueble sito en la Av.

Alicia Moreau de Justo N° 170, 2° Piso. U.F. N° 35, con una superficie de 487,68m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito U32 - "Área de Protección Patrimonial

Antiguo Puerto Madero" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano

Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, mediante Informe N° 7961113-DGIUR-2016, indica que la zona es

destinada a la ampliación y complementación de los usos del área central desarrollada

sobre un sector del Antiguo Puerto Madero que comprende los diques 1, 2, 3, 4, sus

banquinas y los edificios de los depósitos adyacentes. Este sector desafectado de su

función portuaria conserva un alto valor patrimonial arquitectónico y ambiental que

debe ser preservado;

Que en estos edificios protegidos se admiten los usos del Distrito C1 de zonificación

general, por lo que los usos solicitados por el recurrente, resultan permitidos en el

distrito, debiendo destinar para los mismos, 1 módulo de estacionamiento cada 120m2

de la superficie total de uso (total 4 módulos de estacionamiento);

Que ahora bien, dado que el recurrente indica que dispone de 5 módulos para

estacionamiento, dicha Área Técnica considera factible hacer lugar a lo solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS, INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso

"Oficina comercial - oficina consultora, para el inmueble sito en la Av. Alicia Moreau de

Justo N° 170, 2° Piso. U.F. N° 35, con una superficie de 487,68m2 (Cuatrocientos

ochenta y siete metros cuadrados con sesenta y ocho decímetros cuadrados),

debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el

presente caso.

Artículo 2° Hágase...

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