Resolución Nº 73

EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
7
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 112
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 8 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
efecto jurídico alguno.
ARTICULO 2: ESTABLECER que en aquellos casos en que la inicia-
ción de la pensión formalizada a través de la Web resulte admisible, deberá
consignarse en el expediente físico como fecha de inicio vía SUAC, la mis-
ma en que fue formalizado el trámite a través de la Web.
ARTICULO 3: ESTABLECER que, a los nes de evaluar la acredita-
ción de los requisitos exigidos para acceder al benecio de pensión, los
informes socio-ambientales elaborados por profesionales graduados de la
carrera de Trabajo Social resultan asimilables a pericias de carácter técni-
co, debiendo atribuírsele valor probatorio superior y complementario a la
simple testimonial.
ARTICULO 4: ESTABLECER que sin perjuicio de lo establecido en
el artículo precedente, las conclusiones vertidas en dicho informe socio
ambiental no son vinculantes para la Institución que, sobre la base del res-
tante material probatorio incorporado en las actuaciones u ofrecido por las
partes, puede arribar a un criterio distinto al sostenido por los trabajadores
sociales en su informe técnico.
ARTICULO 5: TOME conocimiento Gerencia General. Notifíquese a
las áreas intervinientes y publíquese en el Boletín Ocial.
FDO: CRA. MARIELA E. CAMPORRO, INTERVENTORA C.J.P.R.CBA.A/C PRESI-
DENCIA C.J.P.R. CBA / CESAR JUAN AGUIRRE, SUB GERENTE GENERAL DES-
PACHO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 73
Córdoba, 24 de mayo de 2016
Expediente Nº 0620-129128/2016 – Cuerpos I y II.-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CUATRO SALAS
EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
– JARDÍN DE INFANTES CURA BROCHERO ANEXO (DOS SALAS) Y
JARDÍN DE INFANTES EVA DUARTE (DOS SALAS) – PROGRAMA AU-
RORA.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta
por Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales
para Infraestructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Espe-
cicaciones Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de
Bases y Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares.
Que consta en estas actuaciones providencias del señor Director Ge-
neral de Infraestructura Escolar y del Secretario de Gestión Administrativa,
ambos del Ministerio de Educación y visto bueno del señor Secretario de
Arquitectura, quien maniesta expresamente que dicha documentación se
encuentra en condiciones de ser aprobada, según lo establecido por el
artículo 2º del Decreto Nº 180/08 y lo dispuesto por la Ley 5901 – T.O. Ley
6300 y sus modicatorias.
Que de la citada documentación surge que el procedimiento de contra-
tación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es por ajus-
te alzado, como también que el Presupuesto Ocial es de $ 3.672.000,00.
Que el Departamento Administración de la Secretaría de Arquitectura
otorga visto bueno a la documentación técnica incorporada en autos y la
Sección Estudio de Costos expresa que el Presupuesto Ocial resulta acor-
de a los precios de mercado al mes de marzo de 2016.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus Decretos reglamentarios, como toda
otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 246/2016 del Departamento Jurídico de este
Ministerio, en el que se expresa que, en virtud de las consideraciones de
hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados
por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las disposicio-
nes de la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77,
entiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe la ejecución
de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 246/16,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CUATRO SALAS EN ESTABLECIMIEN-
TOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA – JARDÍN DE INFAN-
TES CURA BROCHERO ANEXO (DOS SALAS) Y JARDÍN DE INFANTES
EVA DUARTE (DOS SALAS) – PROGRAMA AURORA”, confor me Memoria
Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para Infraes-
tructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especicaciones
Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de Bases y Condi-
ciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares, obrantes en autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
Fdo: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 74
Córdoba, 24 de mayo de 2016
Expediente Nº 0620-129121/2016. (Cuerpos I y II).-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relaciona-
das con la contratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE SEIS SALAS
EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
– JARDIN DE INFANTES MIGUEL R. DE LA TORRE (DOS SALAS) – JAR-
DIN DE INFANTES LEOPOLDO LUGONES (DOS SALAS) Y JARDÍN DE
INFANTES NIÑAS DE AYOHUMA (DOS SALAS) - PROGRAMA AURORA.
Y CONSIDERANDO:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR