Resolución N° 72/MHFGC/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas - Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 72/MHFGC/20
Buenos Aires, 5 de febrero de 2020
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017), y
modificatorias y 6292, la Ley N° 5460 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017), y
su modificatoria N° 5960, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por las
Resoluciones Nros. 2777-MHGC/10, 2778-MHGC/10 y 2779-MHGC/10, las Actas de la
Comisión Paritaria Central Nros. 27/13, 6/14 y 36/18 instrumentadas respectivamente
mediante las Resoluciones Nros. 114-MHGC/14, 1287-MHGC/14 y 2672-MEFGC/18,
el Decreto N° 463-GCABA- AJG/19, el Expediente Electrónico Nº
28365267/GCABA/DGNYA/2019, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el
Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del personal;
Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros.
27/13, instrumentada por la Resolución Nº 114-MHGC/14, para continuar con el pase
a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las modalidades
existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N ° 6/14, instrumentada por
Resolución N° 1287-MHGC/14, por la que se establecieron las pautas de aplicación de
dicho régimen;
Que el artículo 45 de la Ley Nº 471 y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo,
instrumentado por las Resoluciones Nº 2777-MHGC/10, 2778-MHGC/10 y 2779-
MHGC/10, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no
incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser
cubiertos por personal de planta permanente;
Que la Dirección General Niñez y Adolescencia, de la entonces Subsecretaría de
Promoción Social, del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano propicia
incorporar a partir del 1° de octubre de 2019, a la señora María Antonella Sosa Molina
Bernard, CUIL N° 27-34813548-7, quien revistara bajo la modalidad contractual de
Locación de Servicios, al régimen de prestación de servicios que prevén las normas
citadas anteriormente, con el objeto de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las
funciones asignadas;
Que dicha gestión es promovida en virtud de la vacante producida con motivo de la
designación, mediante Resolución N° 457-GCABA-MHYDHGC/19, a partir del 15 de
mayo de 2019, como "Asistente de infancia y/o adolescencia", con carácter titular,
entre otros, de la señora Mariela Elizabeth Ferreira, CUIL N ° 27-25770306-7, en la
precitada Dirección General;
Que en el marco de las pautas acordadas en el Acta de Negociación Colectiva N°
36/18, de la Comisión Paritaria Central, instrumentada por Resolución Nº 2672-
MEFGC/18, han tomado intervención todas las áreas pertinentes de la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo
a las facultades propias de sus competencias;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5798 - 10/02/2020

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