Resolución N° 712 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 164
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 3º.- Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Presta-
dores Privados de Seguridad dependiente de este Ministerio, extiénda-
se a ambos Directores Técnicos, Responsable y Sustituto respectiva-
mente, credencial habilitante con los alcances fijados en los artículos
anteriores, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Oficial y archívese.
DR. JUAN CARLOS MASSEI – MINISTRO DE GOBIERNO
Resolución N° 711
Córdoba, 15 de agosto de 2017.
VISTO: el Expediente Nº 0531-050153/2017 en el que la Dirección de Ju-
risdicción de Prestadores Privados de Seguridad, propicia la renovación
de la habilitación de los Directores Técnicos Responsable y Sustituto res-
pectivamente.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 69 de fecha 19 de marzo de 2013 del entonces
Ministerio de Seguridad, se autorizó el funcionamiento como Prestadora
Privada de Seguridad a la empresa “BACAR TRACA S.R.L.” y habilitándose
por el término de dos (2) años a los señores José Francisco FUNES e Iván
Ariel BARRERA, como Director Técnico Responsable y Sustituto respecti-
vamente, de la citada entidad.
Que encontrándose vencido el plazo de vigencia, la mencionada rma so-
licita la renovación de la habilitación de los Directores Técnicos Responsa-
ble y Sustituto, proponiendo a los señores José Francisco Funes y Pablo
Daniel Ortega respectivamente.
Que se incorpora informe de la Sección Control de la Dirección de Jurisdic-
ción de Prestadores Privados de Seguridad, corroborando el cumplimiento
de los requisitos exigidos legalmente para la procedencia de la solicitud de
autos, adjuntándose certicados médicos y de antecedentes debidamente
actualizados de los propuestos como Directores.
Que la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad,
emite informe favorable respecto a los peticionados por la mencionada
empresa.
Que por lo expuesto y conforme a lo dispuesto por los artículos 24 inciso
a) y 25 de la Ley N° 9236, resulta procedente hacer lugar a lo gestionado
en autos.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Le-
gales bajo el N° 746/2017 y las previsiones contenidas en el artículo 10 de
la Ley 9236;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E :
Artículo 1°.- DISPÓNESE la renovación de la habilitación por el término
de dos (2) años como Director Técnico Responsable al señor José Fran-
cisco FUNES (D.N.I. N° 12.763.638) y la designación del señor Pablo Da-
niel ORTEGA (D.N.I. N° 29.202.814) en reemplazo del señor Iván Daniel
BARRERA, como Director Técnico Sustituto con la consecuente HABILI-
TACIÓN por el término de dos (2) años de la Empresa “BACAR TRACA
S.R.L.” C.U.I.T. N° 30-66813497-8, con domicilio en calle Santiago del Este-
ro N° 263 de Barrio Centro de la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- Por intermedio de la Dirección de Prestadores Privados de
Seguridad dependiente del Ministerio de Gobierno, extiéndase a ambos
Directores Técnicos Responsable y Sustituto, credencial habilitante, sin au-
torización para el uso de armas.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO
Resolución N° 712
Córdoba, 15 de agosto de 2017.
VISTO: el Expediente Nº 0531-049125/2016, en el que se tramita la habili-
tación para funcionar como Prestadora Privada de Seguridad de la empre-
sa “ULTRA SEGURIDAD S.A.”, CUIT N° 30-71522687-8, y la designación de
sus Directores Técnicos Responsable y Sustituto.
Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en autos, se desprende que se
han cumplimentado los requisitos legales exigidos por los artículos 17, 18,
24, 25 y concordantes de la Ley N° 9236 para la habilitación y designación
que se solicita.
Que dichos requisitos guran en el detalle emitido por la Sección Control
de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad que
obra en autos.
Que luce incorporada Acta de Inspección realizada a la Empresa de au-
tos, donde consta que la misma se encuentra a la espera de la resolución
habilitante.
Que al respecto, el Director de Jurisdicción de Prestadores Privados de
Seguridad, emite informe favorable respecto a la habilitación de la rma
peticionante, como así también la de sus Directores Técnicos Responsable
y Sustituto respectivamente.
Por ello, en virtud del Art.10 de la Ley 9236, Art. 18 inc. 20) del Decreto N°
1791/2015, raticado por Ley N° 10.337 y lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N°
743/2017;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
Artículo 1º.- AUTORÍZASE el funcionamiento como Prestadora Privada de
Seguridad de la empresa “ULTRA SEGURIDAD S.A.”, CUIT 30-71522687-8,
con domicilio en calle Los Boulevares N° 395, B° Liceo General Paz de la
Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, sin la
autorización para el uso de armas.

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