Resolución Nº 71/GCABA/MGOBGC/17

FirmantesScrenci Silva
EmisorMinisterio de Gobierno

VISTO:

La ley Nacional N° 26.168, las Leyes N° 2.217, N° 5.460 y modificatoria, N° 5.724, los

Decretos N° 72/2013, el Expediente Electrónico N° 8.693.043-MGEYA-CUMAR/17 y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nacional N° 26.168 se creó la Autoridad de Cuenca Matanza

Riachuelo (ACUMAR);

Que la mencionada Ley contempla que dicho Ente estará integrado por un Presidente

y tres (3) representantes por parte del Estado Nacional, dos (2) representantes de la

Provincia de Buenos Aires y dos (2) representantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° de la citada Ley, se creó un Fondo Fiduciario de Compensación

Ambiental que debe ser administrado por la ACUMAR y destinado prioritariamente a la

protección de los derechos humanos y a la prevención, mitigación y recomposición de

los daños ambientales;

Que según lo previsto en el mencionado artículo, el Fondo de Compensación

Ambiental está integrado por:

  1. Las asignaciones presupuestarias incluidas en la Ley Anual de Presupuesto que

    efectúe el Gobierno Nacional;

  2. Los Fondos recaudados en concepto de multas, tasas y tributos especiales que

    establezcan las normas;

  3. Las indemnizaciones de recomposición fijadas en sede Judicial; d) Los subsidios,

    donaciones o legados;

  4. Otros recursos que le asigne el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y el

    Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

  5. Créditos internacionales;

    Que en el punto 2) de la sesión celebrada el 17 de junio del 2010 el Consejo Directivo

    de ACUMAR aprobó por mayoría la instrumentación del Fondo de Compensación

    Ambiental previsto en el artículo 9° de la Ley 26.168, a través de un Contrato de

    Fideicomiso. En este contexto, se aprobó un Contrato de Fideicomiso "Fondo

    Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR" que fue suscripto el 20 de

    septiembre de 2010, y cuyo fiduciante es la ACUMAR y el fiduciario es BAPRO

    Mandatos y Negocios S.A.;

    Que mediante la Ley N° 2.217, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Adhirió a los

    términos de la Ley Nacional N° 26.168;

    Que por el Decreto N° 72/13 se creó la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca

    Matanza Riachuelo (CUMAR), como...

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